REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 08 de Diciembre de 2011.
Años: 201° y 152°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadana ANDREA DEL CARMEN PÉREZ GUAINA, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, titular de la cedula de identidad N° V-9.561.632, domicilio en la Urbanización Los Bambicitos, calle 04, casa N° 12, de esta ciudad de San Carlos Estado Cojedes, actuando en su nombre y representación de mis coherederos, LUIS ALEJANDRO PÉREZ GUAINA, VICTOR ELVIDIO PÉREZ GUAINA, LUISA MAGDALENA PÉREZ GUAINA, PEDRO RAMÓN PÉREZ GUAINA y MAURO VICTORINO PÉREZ GUAINA, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-9.561.634, V-9.561.633, V-10.643.120, V-10.321.405 y V-12.768.094; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio, JOSÉ MANUEL ARTEAGA STELLING, venezolano, mayor de edad, divorciado, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-7.563.322, domiciliado en la Urbanización Banco Obrero, calle Carabobo c/c Boyacá, casa N° 3-6, San Carlos, estado Cojedes, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 43.407; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve y Treinta de la mañana (09:30 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO A.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3643/11.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO A.


Solicitud Nº. 3643/11.-
VAAM/JMCA/zh.-