REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 06 de Diciembre de 2011.
Años: 201° y 152°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana MARIA TERESA HURTADO FLORES, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-1.031.924 con domicilio en la Avenida José Laurencio Silva, casa N° 3-16, Sector Centro I, Municipio Rómulo Gallegos; debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio JUAN GALLARDO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.970.684, y de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 172.904; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.




LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 3637-11
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO


VAAM/JC/zh.-