REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 11 de Agosto de 2011.
Años: 201° y 152°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL GARCIA OCHOA, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad N° V-2.146.724, domiciliado en la Urb. Rómulo Gallegos, calle Doña Barbara, casa N° B-8, San Carlos Estado Cojedes, actuando en su propio nombre y representación de las coherederas CRISTINA ISABEL GARCIA ESPINOZA y MARIA LUISA GARCIA ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, solteras, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.734.388 Y N° 16.774.434, respectivamente; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio ciudadano JOSÉ FRANCISCO CASTRO T., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.723.006, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 13.474; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
LA JUEZA TEMPORAL,

Abg. MARIBEL N. RIVAS R.


LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3408/11.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO



Solicitud Nº. 3408/11.-
MNRR/JMCA/hz.-