REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 10 de Agosto de 2011
Años: 201º y 152º
Vista la anterior demanda, presentada por el ciudadano WALTER SALDAÑA MINA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 24.246.307, actuando en representación de la ciudadana MARIA DEL CARMEN SALDAÑA MINA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, soltera, con pasaporte Nº CC34514874, según consta de poder notariado por ante la Notaria Pública de San Carlos estado Cojedes, de fecha 01 de junio de 2011,inserto bajo el Nº 69, tomo 21, asistido por el abogado Carlos José Mendoza Estrada, inscrito en el IPSA bajo el Nº 142.621, se acuerda darle entrada a la misma. Ahora bien, por cuanto la demanda resulta ambigua, en cuanto a la persona u organismo que ha de ser notificado; en consecuencia, se ordena la corrección del referido escrito, para lo cual, se concede al demandante tres (03) días de despacho, debiendo indicar con precisión en el mismo, el organismo o particular a ser notificado del presente habeas data; todo a los fines de su admisión y continuación del procedimiento correspondiente.-
La Jueza Temporal,

Abg. MARIBEL N. RIVAS R

La secretaria

Abg. Jessenia Camacho
En la misma fecha se le dio entrada en el libro destinado al efecto, quedando anotada bajo el N° 1901-11














EXP. N° 1901-11
MNRR/JC.-