REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
catorce de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: HP11-J-2011-000396
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, procedente de la Fiscalía IV del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, acta suscrita entre los ciudadanos Mirely Gregoria Aguilera Camacho, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.510.956 y Oscar Luis Rojano Visbal, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 82.211.700, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de ocho (08) años: este Tribunal, le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El ciudadano Oscar Luis Rojano Visbal, compartirá con su hija dos (02) domingos al mes, desde las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.) debiendo buscarla en la residencia de la madre.
SEGUNDO: El día del padre la niña lo compartirá con su padre desde las nueve de la mañana (9:00 a.m.) hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.); En vacaciones escolares compartirá los diez (10) primeros días con el padre y los demás con la madre, el día veinticuatro (24) de diciembre la niña compartirá con el padre nueve de la mañana (9:00 a.m.) hasta el día veintiseis (26) de diciembre, a las cinco de la tarde (5:00 p.m.) y el día treinta y uno (31) de diciembre compartirá con la progenitora.
TERCERO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo con lo aquí planteado.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Mirely Gregoria Aguilera Camacho y Oscar Luis Rojano Visbal, a favor de la niña SE OMITE NOMBRE; pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los catorce (14) días del mes de abril del dos mil once (2011). Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro
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