REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
catorce de abril de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: HP11-J-2011-000368
SOLICITANTES: DORIS MOLINA ORCIAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.367.312.
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRE, de nueve (09) años.
MOTIVO: AUTORIZACIÒN JUDICIAL.
SENTENCIA: DEFINITIVA.

Siendo la oportunidad legal para decidir la presente solicitud es necesario hacer las siguientes consideraciones:
Compareció ante este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, la ciudadana Doris Molina Orcial, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.367.312, actuando nombre y en representación de su hijo SE OMITE NOMBRE, de nueve (09) años, debidamente asistida por la profesional del derecho Amerita Mercedes Moreno Medina, mediante la cual solicita autorización amplia y suficiente cuanto, en derecho se requiere para pretender las acciones de reclamo de los derechos dejados por el causante, Darris Frank Sánchez Martínez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.524.552, por ante los Organismos de dependencias publicas y privadas y/o cualquier otra Institución Administrativa.
Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que, en fecha cuatro (04) de Abril del dos mil once (2011), le dio entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos acompañados y se apertura procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, por consiguiente, pasa este Tribunal a decidir acerca del fondo del presente asunto mediante pronunciamiento aparte.
Ahora bien, vista la declaración de Únicos y Universales Herederos, declarada en fecha veinticinco (25) de febrero del dos mil once (2011), proferida por parte del Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual se acreditan la cualidad que tienen los hermanos SE OMITEN NOMBRES y la ciudadana Luz Marina Nadal, de Únicos y Universales Herederos del fallecido quien en vida respondiera al nombre de Darris Frank Sánchez Martínez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.524.552, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Doris Molina Orcial, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.367.312, para que en nombre y representación del niño SE OMITE NOMBRE, de nueve (09) años; proceda a gestionar todas las acciones de reclamo de los derechos y cualquier otro beneficios en virtud del fallecimiento del causante Darris Frank Sánchez Martínez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.524.552, por ante los Organismos de dependencias publicas y privadas y/o cualquier otra Institución Administrativa. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los catorce (14) días del mes de abril del dos mil once (2011). Año 200º y 152º.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Marvis Navarro