REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Once de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: HP11-V-2011-000064
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes once (11) de abril del dos mil once (2011), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Obligación de Manutención de conformidad con lo establecido en el articulo 365 ejusdem de la Ley; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de los ciudadanos Rosaura Jonaly Hernández Ortuño y Haney Arquímedes Vargas Ramírez, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.542.901 y 19.722.866. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abg. Marvis Maria Navarro. Se declara abierta la audiencia y se le impone a los presentes de las actas procesales, Seguidamente se le concede el derecho de palabra a los ciudadanos Rosaura Jonaly Hernández Ortuño y Haney Arquímedes Vargas Ramírez, quienes acordaron: “El ciudadano Haney Arquímedes Vargas Ramírez, se compromete a cancelar por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de Seiscientos Bolívares (Bs. 600,00) mensuales, cancelando Trescientos Bolívares (Bs. 300,00) quince y último que serán entregados en efectivo a la ciudadana Rosaura Hernández, quién firmará un recibo en señal de conformidad; Aportará un bono en el mes de diciembre por la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1000,00) entregándolo la primera quincena del referido mes; En cuanto a los gastos médicos serán cubiertos por ambos padres cincuenta por ciento (50%). Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total por Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Rosaura Jonaly Hernández Ortuño y Haney Arquímedes Vargas Ramírez, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.542.901 y 19.722.866, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA, en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el articulo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Comparecientes:
Rosaura Jonaly Hernández Ortuño
Haney Arquímedes Vargas Ramírez
La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro
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