REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Diecisiete de septiembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: HP11-V-2010-000052
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves diecisiete (17) de septiembre del dos mil diez (2010), se deja constancia que el día dieciséis (16) de los corrientes se fijó la oportunidad fijada para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento contencioso de obligación de Manutención de conformidad con lo establecido en el articulo 365 ejusdem de la Ley. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como Secretaria la Abg. Marvis Maria Navarro; Se anunció el acto ante las puertas del Tribunal, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) y no hacen acto de presencia ninguna de las partes convocadas a la presente audiencia; ni por si, ni por medio de apoderado judicial; Así mismo se evidencia de las actas procesales que conforman el presente asunto, que en fecha 07 de junio del 2010, se inicio la presente fase de sustanciación sin que las partes comparecieran prolongándose la misma para el día 07 de julio del año en curso evidenciándose del acta que los mismos tampoco compareciera, es por lo que en razón a ello y por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento por Obligación de Manutención, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro
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