REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
San Carlos, veintinueve (29) de septiembre del año 2010.
200º y 151º


N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2010-000128.
PARTE DEMANDANTE: CARMEN ELENA MORALES PEREZ. (No asistió).
ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADNTE: Abg. GRACIELA INES NUÑEZ BENITEZ. (No constituyó)
PARTE DEMANDADA: MUNICIPIO AUTONOMO ANZOATEGUI DEL ESTADO COJEDES, representada por el (la) ciudadano (a) Alcalde (sa).
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 29 de septiembre del año 2010, siendo las 9:00 am, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Juez, Abg. Yrene Pernalete Mendoza con la asistencia de la ciudadana Secretaria, a los efectos de dar inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, la cual se identifica con el N° HP01-L-2010-000128. Seguidamente el ciudadano Alguacil adscrito a este Circuito Judicial del Trabajo, le manifestó a esta Juzgadora que al momento de anunciar la audiencia, no se encontraba presente la accionante de autos, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, situación que fue verificada por esta Juzgadora, que una vez en la Sala de mediación procedió de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en DESISTIMIENTO del Proceso en el presente Juicio. ASI SE DECIDE. En San Carlos, a los 29 días del mes de septiembre del año 2010. Publíquese y déjese copia de la presente decisión para ser agregada al respectivo copiador.
La Juez

Abg. Yrene Pernalete Mendoza.



La Secretaria.

Abg. Zenaida Valecillos Rojas.