REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
En el día de hoy, JUEVES NUEVE (09) DE SEPTIEMBRE DE 2010, siendo las 11:00 A.M. se constituye el Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, conformado por la Jueza ABG. MARIA NETTY ACOSTA VALDERRAMA, la Secretaria ABG. VERONICA HERNANDEZ DUARTE, y el Alguacil DEIBY VELASQUEZ para llevar a cabo AUDIENCIA ESPECIAL ORAL Y PRIVADA, a los fines de REVISAR LA MEDIDA IMPUESTA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa Nº 1E-225-09, seguida al sancionado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 65 PARAGRAFO SEGUNDO Y EL ART. 545 AMBOS DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE.
, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE CAUTORIA, previsto en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio de IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 65 PARAGRAFO SEGUNDO Y EL ART. 545 AMBOS DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE.
. Acto seguido se procede a verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de la comparecencia de la Fiscal V del Ministerio Publico ABG. MARIA ALEJANDRA VÁSQUEZ, la Defensora Publica ABG: INGRID PEREZ, el sancionado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 65 PARAGRAFO SEGUNDO Y EL ART. 545 AMBOS DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE.
previo traslado, su representante legal , el equipo técnico del INAN, OLGA MENDEZ, LEANDRO MORENO, MERI CABAÑA, ANA HERNANDEZ. En vista de la incomparecencia de la Directora del Centro Fray Pedro de Berjas, Licenciada DAMIANA CERMEÑO, este tribunal acuerda APLAZAR por media hora a los fines de que comparezca la licenciada DAMIANA CERMEÑO, a la audiencia fijada para el día de hoy. Siendo las 11:30 de la mañana se constituye el tribunal de ejecución a los fines de llevar a cabo audiencia de revisión de medida en la causa 1E-225-09, seguidamente se deja constancia de la comparecencia de la licenciada Damiana Cermeño, la Fiscal V del Ministerio Publico ABG. MARIA ALEJANDRA VÁSQUEZ, la Defensora Publica ABG: INGRID PEREZ, el sancionado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 65 PARAGRAFO SEGUNDO Y EL ART. 545 AMBOS DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE.
, su representante legal , el equipo técnico del INAN, OLGA MENDEZ, LEANDRO MORENO, MERI CABAÑA, ANA HERNANDEZ. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la licenciada OLGA MENDEZ, quien expone, que: En el fray pedro de berjas el se insertó en el área educativa el le llama atención es la parte de la mecánica, el un chico imperativo, sale y entra, en el destacamento de tinaco manifestó en el área educativa que se quería incorporar, en ocasiones el manifiesta que quiere dedicarse a la mecánica, es un chico un poco hiperactivo. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al licenciado de Deporte LEANDRO MORENO, quien expone: En el arrea deportivo maneja tres disciplinas deportivas, el tiene conocimiento en el fútbol de sala, en el destacamento de tinaco, se ha trabajado en juegos de mesa, su comportamiento es normal, respeta las normas del centro en mi área es un chico bueno y de buena conducta. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la licenciada MERI CABAÑA, quien expone: En mi componente en el centro fray pedro de berjas, fue muy colaborador, en el destacamento de tinaco ha participado en mi componente en el área de bisutería, se compenetra en el grupo muy bien. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la licenciada ANA HERNANDEZ, quien expone: El componente socio familiar, en el destacamento de tinaco es distante en las actividades que se llevan al centro, el a veces es hiperactivo, siempre se la pasa acostado, tiene apoyo a la familiar, se observa que no tiene mucha comunicación con su mama. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la licenciada DAMIANA CERMEÑO, quien expone: Se ha mantenido tranquilo se le lleva bien con su grupo de celda, se mantiene al margen siempre le gusta estar solo, se integra con el grupo en los juegos, su mama siempre ha estado con el. Es todo. Seguidamente la jueza interroga a la directora del centro Licenciada Damiana Cermeño, El adolescente esta apto para salir del destacamento policial de tinaco, respondió: Damiana Cermeño El esta apto para salir en libertad el ha demostrado un cambio, si es merecedor de una oportunidad. Es todo. Seguidamente se impone a la sancionada antes identificada, de sus derechos constitucionales y legales, establecidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Derechos de la Ejecución de la Medida, de conformidad a lo establecido en los artículos 630 y 631 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al sancionado IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 65 PARAGRAFO SEGUNDO Y EL ART. 545 AMBOS DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE.
, quien manifestó: La Dra. Medico nunca va para allá a visitarnos y cuando estamos enfermos tampoco va para allá, yo nuca la veo. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representante legal del sancionado quien manifestó que: No voy a exponer nada. Es todo. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público ABG. MARIA ALEJANDRA VÁSQUEZ, quien expone:“Esta Representación Fiscal solicita una vez escuchado lo manifestado por parte del equipo técnico, y visto que no concuerda lo dicho por el equipo técnico con el informe evolutivo que consta en la causa, es por lo que solicito se cite a la Dra. ILIANA CORONA y se realice otro informe evolutivo de manera conjunta vista la inconcurrencia de dichos informe que rielan en la causa, aunado que todo el equipo técnico no se encuentra presente en este acto, solicito se suspenda la audiencia fijada para el día de hoy y se fije para otra oportunidad. Es todo”. Acto seguido este Tribunal concede el derecho de palabra a la Defensora Pública ABG. INGRID PEREZ, quien expone: Solicito se le sustituya la medida de privación de libertad por la medida de libertad asistida por cuanto mi representado tal como consta en el informe evolutivo, dicho informe manifiesta que mi representado en el destacamento ha presentado una conducta calmada tiene conocimiento en la realización de pulseras y anillos donde demuestra la habilidad y destreza, fue uno de los adolescente que presto su colaboración de ayuda en los talleres de formación y jornada de pintura en la recuperación de espacio de formación con conducta acorde, así mismo en las conclusiones se recomienda a participar en terapias familiares para la reinserción del adolescente en el campo familiar y motivarlo a que continué en su formación educativa, y escuchado lo manifestado en este acto por el equipo técnico y lo manifestado por la licenciada Damiana Cermeno, que el mismo esta apto para salir en libertad o le sea sustituya por otra medida, esta representación de la defensa le observa al tribunal que en el centro donde se encuentra recluido mi defendido no cuenta con los servicios de un psicólogo el cual es primordial para orientar a mi representado en las áreas de orientación y terapia, por lo que solicito por cuanto la finalidad de la medida de privación de libertad no esta cumpliendo con su finalidad educativa solicito respetuosamente de conformidad con el articulo 647 literal “e” de la LOPNNA, proceda a sustituir la medida que cumple mi representado por la medida de libertad asistida , en razón que estas dos medidas estaría sometido a la supervisión asistencia y orientación de una persona capacitada como a través del servicio de libertad asistida adscrito al INAN Cojedes, y a través de dicho servicio con la colaboración de la oficina de prevención al delito se le implante terapias familiares con la finalidad que se cumpla con el fin socio educativo de la ley. Es todo. Seguidamente esta Juzgadora oída la exposición del defensora publica, la Fiscal del Ministerio Publico, y la declaración del sancionado para decidir observa: Este tribunal considera prudente suspender la presenta audiencia en virtud de la incongruencia que presentan los informes evolutivos que rielan en la presenta causa, la cual no guardan relación con lo dicho en este acto por el equipo técnico del INAN. Así mismo se acuerda citar a la Dra. Iliana Corona, a los fines de que asita a la continuación de la audiencia de revisión de medida fijada para el día MARTES CATORCE (14) DE SEPTIEMBRE DE 2010 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Se insta al equipo técnico a realizar un nuevo informe evolutivo en lapso de 96 horas. En Cuanto a lo solicitado por la defensa Pública en este acto, el tribunal se pronunciara el día de la continuación de la audiencia, la cual se llevara a cabo el día MARTES CATORCE (14) DE SEPTIEMBRE DE 2010 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Librese boleta de reingreso y traslado. En consecuencia, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Suspender la presenta audiencia de revisión de medida y se fija la continuación de la audiencia de revisión de medida para el MARTES CATORCE (14) DE SEPTIEMBRE DE 2010 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. SEGUNDO: Cítese a la Dra. Iliana Corona, a los fines de que asita a la continuación de la audiencia de revisión de medida fijada para el día MARTES CATORCE (14) DE SEPTIEMBRE DE 2010 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. TERCERO: Se insta al equipo técnico a realizar un nuevo informe evolutivo en lapso de 96 horas. CUARTO: En Cuanto a lo solicitado por la defensa Pública en este acto, el tribunal se pronunciara el día de la continuación de la audiencia, la cual se llevara a cabo el día MARTES CATORCE (14) DE SEPTIEMBRE DE 2010 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. QUINTO: Con la firma de la presente acta los presentes en este acto se tienen por notificados. Librese boleta de reingreso y traslado. Se termino siendo las 12:00 P M., se leyó y conformes firman