REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veinte de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: HP11-V-2010-000214
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles veinte (20) de octubre del dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento contencioso de Obligación de Manutención de conformidad con lo establecido en el articulo 365 ejusdem de la Ley. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la parte demandada ciudadano Yonexy Manuel Piñero Uloa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.327.806, debidamente asistido por el profesional del derecho Abg. Miguel Vicente Godoy, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 61.524. Se declara abierta la audiencia. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abg. Gloria Linarez; Se anunció el acto ante las puertas del tribunal, haciendo el primer llamado, siendo las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.) Se deja constancia que la parte demandante ciudadana Xiomara Quiroz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.674.768, no compareció a la presente audiencia, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, en razón a ello y por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento por Obligación de Manutención, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Compareciente
Yonexy Manuel Piñero Uloa
Abogado Asistente
Abg. Miguel Vicente Godoy
La Secretaria
Abg. Gloria Linarez
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