REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 29 de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: HP11-J-2009-000614
SOLICITANTE: Ricardo José Bastidas Molina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.937.083.
ABOGADO ASISTENTE: José Guillermo Moreno Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.243.
MOTIVO: Ejecución Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común.
SENTENCIA: Interlocutoria
Revisadas cuidadosamente las actas que conforman el presente asunto, contentivo de la causa que por Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, es llevada por este Tribunal, formulada por los ciudadanos Ricardo José Bastidas Molina y Erika María Pineda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.937.083 y V-13.924.073 respectivamente, esta juzgadora actuando en funciones de Ejecución del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, estima hacer las siguientes consideraciones:
Que mediante diligencia presentada en fecha 23 de noviembre de 2010, el ciudadano Ricardo José Bastidas Molina, solicitó la Ejecución de la Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, dictada por este Tribunal en fecha 18 de noviembre de 2010.
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en uso de sus atribuciones de ejecución y de conformidad con los artículos 523 y 524 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: La Ejecución de la Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los ciudadanos Ricardo José Bastidas Molina y Erika María Pineda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.937.083 y V-13.924.073 respectivamente, dictada por este Tribunal, en fecha 18 de noviembre de 2010, quienes contrajeron Matrimonio por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Departamento Libertador del Distrito Federal, en fecha 25 de febrero de 1.992, según acta Nº 20, año 1992. Expídase por Secretaría cuatro (04) juegos de copias certificadas de la sentencia y del presente auto y remítase copia de la misma al Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Departamento Libertador del Distrito Federal y al Registro Principal del Distrito Capital. Líbrese oficios. Cúmplase.
Los gastos derivados de este procedimiento son a cargo de los solicitantes.
Publíquese, Regístrese y Ejecútese.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medición y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo
En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062010000830.
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