REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 22 de noviembre de 2010
200º y 151º


ASUNTO: HP11-J-2010-000673

IDENTIFICACION DE LAS PARTES


SOLICITANTES: Xie Jian Ming Chia Wu, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números V-13.872.522.
DESCENDIENTE: ……………………………, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-28.098.265, de doce (12) años de edad.
MOTIVO: Ejecución de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común
SENTENCIA: Interlocutoria.


Revisadas cuidadosamente las actas que conforman el presente asunto, contentivo de la causa de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, formulado por los ciudadanos Xie Jian Ming Chia Wu y Mei Yu Mok He, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-13.872.522 y V-13.876.697 respectivamente, debidamente asistidos para este acto por la Abogada Gladys Tam de Pinto, titular de la cédula de identidad número V-3.662.653, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.870, esta juzgadora, actuando en funciones de Ejecución del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, estima hacer las siguientes consideraciones:
Que mediante diligencia presentada en fecha 17 de noviembre de 2010, la ciudadana Xie Jian Ming Chia Wu, solicitó la Ejecución de la Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, dictada por este Tribunal en fecha 11 de noviembre de 2010. Asimismo solicita se le expidan seis (06) juegos de copias certificadas de la referida sentencia.
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en uso de sus atribuciones de ejecución y de conformidad con los artículos 523 y 524 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: La Ejecución de la Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los ciudadanos Xie Jian Ming Chia Wu y Mei Yu Mok He, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-13.872.522 y V-13.876.697 respectivamente, dictada por este Tribunal, en fecha 11 de noviembre 2010, quienes contrajeron matrimonio el día 20 de diciembre de 1.996, por ante la Prefectura de la Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia del estado Carabobo, según acta Nº 709, tomo III, año 1996. Expídase por Secretaría seis (06) juegos de copias certificadas de la sentencia y del presente auto y remítase copia de la misma al Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia del estado Carabobo y al Registro Principal del estado Carabobo. Líbrese oficios. Cúmplase.
Los gastos derivados de este procedimiento son a cargo de los solicitantes.
Publíquese, Regístrese y Ejecútese.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medición y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo


En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062010000800.