REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Nueve de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: HP11-V-2010-000254
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes (09) de noviembre de dos mil diez (2010), siendo las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.), oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su fase de mediación, tal como lo prevé el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto contentivo de Divorcio Contencioso de conformidad con lo previsto en el articulo 520 de la Ley, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia el ciudadano Chabela Felipa López Villegas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.321.438, en su condición de demandante y el ciudadano Mauro José Rodríguez Montenegro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.322.744, en su condición de demandado. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Marvis Maria Navarro. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra a las partes quienes acordaron: “En relación a la Custodia de la niña SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), la ejercerá la madre; En relación al Régimen de Convivencia Familiar, se va a ejecutar en forma abierta previo acuerdo entre los padres y respecto a la Obligación de Manutención el ciudadano Mauro José Rodríguez Montenegro, aportará en beneficio de su hija la cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200.00) que serán entregados a la abuela materna de la niña los días treinta (30) da cada mes, quién firmará un recibo en señal de conformidad. Igualmente, cubrirá el cincuenta por ciento (50%) de los gastos médicos y en el mes de diciembre cubrirá los gastos del día veinticuatro (24). Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo parcial en relación a la Custodia, la Obligación de Manutención y el Régimen de Convivencia Familiar celebrado entre los ciudadanos Chabela Felipa López Villegas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.321.438, y Mauro José Rodríguez Montenegro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.322.744, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA). Se deja constancia que no hubo acuerdo en relación a la disolución del vínculo matrimonial, por lo que se declara concluida la audiencia preliminar en su fase de Mediación. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.

La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Demandante:

Chabela Felipa López Villegas



Demandado:


Mauro José Rodríguez Montenegro


La Secretaria

Abg. Marvis Maria Navarro