REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintidós de noviembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: HP11-J-2009-000377
SOLICITANTES: GILBERTO PORRAS SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N V- 14.248.008 y ESTER DEL CARMEN PIZARRO BARRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº V- 26.783.915.
ABOGADO
ASISTENTE: JOSÉ MANUEL ARTEAGA STELLING, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.563.322, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 43.407.
DESCENDIENTE: SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de trece (13), diez (10) y cuatro (04) años.
MOTIVO: EJECUCIÓN DE SENTENCIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista y firme como ha quedado la sentencia de divorcio dictada en fecha 08 de noviembre de 2010, por el este Tribunal; conforme a las previsiones establecidas en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, vigente; esta suscrita juzgadora, actuando en funciones de Ejecución del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Estado Cojedes, estima hacer las siguientes consideraciones:
Que mediante diligencia presentada en fecha 15 de noviembre de 2010, el ciudadano Gilberto Porras Sandoval, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N V- 14.248.008, debidamente asistido por el Abogado José Manuel Arteaga Stelling, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 43.407, solicito la Ejecución de la Sentencia de Divorcio, proferida en fecha 08 de noviembre de 2010, asimismo se le expidan cuatro (04) juegos de copias certificadas de la sentencia de disolución de divorcio y del auto que la provea.
Por ende, en uso de sus atribuciones de ejecución y de conformidad con los artículos 523 y 524 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: La Ejecución de la Sentencia de Divorcio, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Estado Cojedes, en fecha 08 de noviembre de 2010, mediante la cual se declaró Con Lugar el Divorcio solicitado conjuntamente por los ciudadanos Gilberto Porras Sandoval, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N V- 14.248.008, y Ester Del Carmen Pizarro Barrera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº V- 26.783.915, quienes contrajeron Matrimonio por ante el Registro Civil del Municipio Rómulo Gallegos, Estado Cojedes, en fecha 18 de Marzo de 1.994, según acta Nº 07, folio Nº 09 de esa misma fecha, a los efectos de lo establecido en los artículos 524 del Código de Procedimiento Civil y 475 del Código Civil venezolano. Expídase por Secretaría cuatro (04) juegos de copias certificadas de la sentencia y del presente auto y remítase copia de la misma al Registro Civil del Municipio Rómulo Gallegos, Estado Cojedes y al Registro Principal del Estado Cojedes. Líbrese oficios. Cúmplase.
Los gastos derivados de este procedimiento son a cargo de los solicitantes.
Publíquese, Regístrese y Ejecútese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los 22 días del mes de noviembre de 2010. Años 200° de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

La Secretaria

Abg. Marvis María Navarro