REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos veintisiete de mayo de dos mil diez
200º y 151º


ASUNTO: HP11-V-2010-000071
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves (27) de mayo del dos mil diez (2010), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30a.m.), oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su fase de mediación, tal como lo prevé el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto contentivo de Divorcio Contencioso, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia el ciudadano: Joe Saih López Cabrera y la ciudadana: Yelida Emperatriz Moncayo Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.326.658 y V-17.328.107, respectivamente. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. María Ubilerma Aguilar y como secretaria la Abg. Crisálida Torrealba. Se declara abierta la audiencia, a las nueve y treinta de la mañana (09:30am). En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano: Joe Saih López Cabrera, quien manifestó “Yo propongo por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,00) mensuales, los cuales serán depositados en una cuenta que aperturará la progenitora a nombre de los niños, por bono escolar la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) en el mes de agosto, y de bono navideño la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) en el mes de diciembre, que se le entregará a la madre, con recibo en señal de conformidad, en cuanto a los gastos médicos y medicina, cubriré el cincuenta por ciento (50%) y el otro cincuenta por ciento lo cubrirá la madre, cuando éstos gastos se generen; en cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, que sea abierto, yo buscaré a los niños siempre y cuando no perturbe el horario de estudio de los mismos, todos los días; en cuanto a la Patria Potestad, será compartida por ambos progenitores y la Responsabilidad de Crianza, será compartida entre ambos progenitores, manteniendo la custodia de los niños, la progenitora ciudadana: Yelida Moncayo; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA); en cuanto al divorcio Insisto en continuar con el proceso”. Es todo”. En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: Yelida Emperatriz Moncayo Rodríguez, quien expone: “Acepto lo propuesto por el progenitor de mis hijos y si que continué el proceso de divorcio” Es todo. Oídas las exposiciones de las partes en el presente asunto y el acuerdo suscrito entre ambos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo parcial celebrado entre los ciudadanos: Joe Saih López Cabrera y Yelida Emperatriz Moncayo Rodríguez, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.326.658 y V-17.328.107, respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños: SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de diez (10) y cuatro (4) años de edad, respectivamente; es por lo que, este tribunal declara concluida la fase de mediación de la audiencia prelimar de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En atención a que las partes insistieron en la disolución del vínculo matrimonial es por que mediante auto aparte se aperturará la fase de sustanciación. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. María Ubilerma Aguilar Demandante:

Joe Saih López Cabrera

Demandada:

Yelida Emperatriz Moncayo Rodríguez

La Secretaria

Abg. Crisálida Torrealba