REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos Trece de mayo de dos mil diez
200º y 151º
Acta
ASUNTO: HP11-V-2010-000002
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, jueves trece (13) de mayo del dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento contencioso de Restitución de Custodia de conformidad con lo establecido en el articulo 359 ejusdem de la Ley, intentado por la ciudadana Yanet Yezenia Silva Palmera, venezolana, mayor de edad, casada y titular de la cédula de identidad N° V- 10.327.549 en contra del ciudadano Juan Carlos Herrera Velásquez, venezolano, mayor de edad, casado y titular de la cédula de identidad N° V- 13.594.090. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Maria Ubilerma Aguilar, como secretaria la Abg. Crisálida Torrealba, Se anunció el acto ante las puertas del tribunal, haciendo el primer y único llamado, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) y no hacen acto de presencia ninguna de las partes convocadas a la presente audiencia; ni por si, ni por medio de apoderado judicial, en razón a ello y por disposición expresa del artículo 477 en su segundo aparte, de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Terminado el procedimiento por Restitución de Custodia, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal
Abg. Maria Ubilerma Aguilar
La Secretaria
Abg. Crisálida Torrealba
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