REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 13-05-2010
200° y 151°

AUDIENCIA PRELIMINAR (Desistida)


ASUNTO Nº KP02-L-2009-1328

PARTE ACTORA: NEHOMAR RAMON DELGADO VARGAS y JAVIER RAFAEL PIÑA PINEDA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos: 13.906.209 y 16.839.040

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: DEISY MUÑOZ ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.491

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil INVERSIONES L. RADEL, C.A. y BRAHMA DE VENEZUELA, C.A.

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: Por INVERSIONES L. RADEL, C.A, su apoderada JOSEFA REAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.226 y LUISANA PIMENTEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.173. Y Por BRAHMA DE VENEZUELA, C.A, su apoderado ESTEBAN GUART, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.070

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Hoy 13 de mayo del 2010, siendo las 8:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el alguacil Kelvis Crespo; quien señala que la parte actora ciudadanos NEHOMAR RAMON DELGADO VARGAS y JAVIER RAFAEL PIÑA PINEDA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos: 13.906.209 y 16.839.040, no comparecieron, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES L. RADEL, C.A comparece su apoderado abogado LUISANA PIMENTEL y por la sociedad Mercantil BRAHMA DE VENEZUELA, C.A, comparece su apoderado ESTEBAN GUART Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 200° Y 151°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.

LA JUEZ,


Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


EL DEMANDADO,



LA SECRETARIA


Abg., Anniely Elías