REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

SAN CARLOS, 10 DE MAYO DE 2.010.
200º Y 151º


Visto que el día de hoy 10-05-2010, se encuentra fijada la oportunita para llevar a cabo el Juicio Oral y Privado, según auto de fecha 15-5-2010 inserto a los folios 201 y 202, en la causa Nº 1M-178-09 seguida contra el adolescente acusado :(IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionados en los artículos 458 concatenado con el articulo 83 y 272 en relación con el 277 todos del Código Penal y por cuanto se no se a logrado la constitución del Tribunal Mixto, es por lo que este Juzgado acuerda diferir la Celebración del Juicio Oral y Privado y fija Nueva Oportunidad, para el día LUNES 31 de MAYO de 2010, a las 8:30 a.m, para que tenga lugar la Celebración del Juicio Oral y Privado, en consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Fija Nueva Oportunidad, para el día LUNES 31 de MAYO de 2010, a las 8:30 a.m, para la Celebración del Juicio Oral y Privado, en la causa signada Bajo el Nº 1M-178-10, por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionados en los artículos 458 concatenado con el articulo 83 y 272 en relación con el 277 todos del Código Penal. SEGUNDO: Notificar a las partes; y a las víctimas, así como al adolescente Acusado. TERCERO: Oficiar lo conducente a la oficina de Participación Ciudadana y a la Unidad de Alguacilazgo, a los fines de proveer lo conducente. Así se decide. Cúmplase y Diarícese.

EL JUEZ TITULAR EN FUNCIONES DE JUICIO:


GERMAN ALFREDO BREA ROJAS.


LA SECRETARIA:


ABG. SOLANGEL MERIDA.




EN ESTA HORA Y FECHA SE LE DIO CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR EL TRIBUNAL.


CAUSA Nº 1M-178-10.