REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Cinco de marzo de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO: HP11-V-2009-000233
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, viernes (05) de marzo del dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en su fase de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento contencioso de Patria Potestad de conformidad con lo establecido en el articulo 348 ejusdem de la Ley. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abg. Eliana Lizardo, se deja constancia de la presencia del Defensor Público en Materia de protección Abg. Euclides Herrera; Se anunció el acto ante las puertas del tribunal, haciendo el primer llamado, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) y no hacen acto de presencia ninguna de las partes convocadas a la presente audiencia; se hace el segundo llamado siendo las diez y quince de la mañana (10:15 a.m.) y no comparecen ninguna de las partes, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, en razón a ello y por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Desistido el procedimiento por Patria Potestad, en consecuencia, se declara extinguida la instancia y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Defensor Público
Abg. Euclides Herrera
La Secretaria

Abg. Eliana Lizardo