Siendo la oportunidad fijada, para que tenga lugar el acto conciliatorio, hoy 22/ 03 /2010 entre los ciudadanos: Sánchez Cáceres Jaime Manuel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V–11.641.003, de este domicilio, y la ciudadana, Digna Rosa Santiago Santiago,, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V–15.606.479, en su condición de padre y madre, respectivamente de la niña, (IDENTIDAD PROTEGIDA), asistidos ambos por la Abogada, Isabel Cristina Castillo Sequera, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 49.172.- Seguidamente en presencia de los ciudadanos Juez y secretaria del Tribunal, se le concede el derecho de palabra al ciudadano, Sánchez Cáceres Jaime Manuel, antes plenamente identificado, el cual expone lo siguiente: “ En función de hacer mas práctico el cumplimiento de su obligación de manutención solicita que se le de cumplimiento a lo dispuesto en la Homologación efectuada en fe cha 21 de septiembre 2009, en relación a la apertura de cuenta bancaria a nombre de la madre de la niña, pudiendo el padre hacer los depósitos directamente y por un monto de ciento cincuenta bolívares quincenales, tomando en cuenta que, al no contar él con un empleo estable, podría variar tanto en menos cantidad o en mayor, con un tiempo de al menos cinco (5) días de retrazo y con relación a los gastos compartidos, propone que la madre le presente personalmente facturas de gastos para poder cubrir el cincuenta por ciento de los mismos”. Seguidamente se le concede la palabra a la madre: Digna Rosa Santiago Santiago, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por parte del ciudadano, Sánchez Cáceres Jaime Manuel”, Oído el convenimiento celebrado entre las partes, este JUZGADO DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, da por consumado el presente Acto, de conformidad con lo previsto en el Art. 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNA) e imparte su HOMOLOGACION, procédase como en sentencia pasada con Autoridad de Cosa Juzgada Formal y en consecuencia, conforme a lo solicitado y acordado, se aperturará cuenta, bancaria a nombre de la madre, Digna Rosa Santiago Santiago, por ante la oficina de la entidad bancaria Bafoandes, Agencia Tinaquillo, Estado Cojedes, líbrese oficio de Notificación a la Fiscalía IV del Ministerio Público del Estado Cojedes y a la Defensoria Municipal de la presente homologación. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal,

Abg. Gustavo Claret Vásquez Q.

Los Comparecientes:
Abogada Asistentes de la Partes


La Secretaria,
Abg. Nayerit C. Quintero L.




EXP. Nº 2450 - 08
GCVQ./NCQL./lf.-