REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
San Carlos, diez (10) de marzo del año 2010.
199º y 151º


N° DE EXPEDIENTE: HP01-L-2008-000300.
PARTE DEMANDANTE: AURA MARINA ALVARADO TORREALBA. (No asistió)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADNTE: (No constituyó).
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SENTENCIA: DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.

En el día hábil de hoy 10 de marzo del año 2010, siendo las 9:00 am, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, presidido por la ciudadana Juez, Abg. Yrene Pernalete Mendoza con la asistencia de la ciudadana Secretaria, con el objetivo de dar inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR fijada para el día de hoy en el presente asunto N° HP01-L-2008-000300. Seguidamente el ciudadano Alguacil adscrito a este Circuito Judicial del Trabajo, le manifestó a esta Juzgadora que al momento de anunciar la audiencia, NO se encontraba presente la accionante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, situación que fue verificada por esta Sentenciadora. Una vez en la Sala de Mediación, esta Juzgadora vista la incomparecencia de la parte actora, por si, y por medio de representante judicial, a la instalación de la audiencia preliminar, en uso de sus facultades, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Adjetiva del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en DESISTIMIENTO del Procedimiento en el presente Juicio. ASI SE DECIDE. En San Carlos, al décimo (10) día del mes de marzo del año 2010. Publíquese y déjese copia de la presente decisión para ser agregada al respectivo copiador.
La Juez.

Abg. Yrene Pernalete Mendoza.

La Secretaria.