REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCIÓN ADOLESCENTES
SAN CARLOS, 16 DE MARZO DE 2010.
199° Y 150°
Por recibida en el día de hoy por ante la unidad de alguacilazgo de esta sección de Responsabilidad Penal del adolescente oficio Nª 171 de fecha 16 de marzo del 2010, a fin de remitir acta de hechos suscitados en fecha 15-03-2010 en el Centro Fray Pedro De Berjas, donde se evadiera IDENTIFICACION SUPRIMIDA ART. 65 LOPNA a quien se le sigue causa 1E-260-10, por la comisión del delito de COAUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, AGAVILLAMIENTO, Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, en consecuencia lo prudente es acordar la captura y ubicación del sancionado, ordenándose su ubicación y captura, de conformidad con lo estipulado en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente; en consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, PRIMERO: Se acuerda la captura y ubicacion del adolescente: emitidas por este Tribunal mediante Oficios librados en fecha: 16-03-2010; al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación del Estado Cojedes, y al Comandante del Instituto Autónomo de Policía Bolivariana del Estado Cojedes, a los fines de la ubicación inmediata del citado ciudadano, para ser recluido en las Instalaciones del Centro Socio Educativo “Fray Pedro de Berjas”, con sede en esta ciudad de San Carlos, Estado Cojedes, y en caso de ser infructuosa la ubicación la captura del mencionado adolescente, instar a los mencionados órganos policiales para que se sirvan informar a este tribunal al respecto. SEGUNDO: Notificar a las partes de la presente decisión.- ASÍ SE DECIDE.
JUEZ EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
ABG. GERMAN ALFREDO BREA ROJAS
LA SECRETARIA:
VERONICA HERNANDEZ
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado
(Sctria)
CAUSA Nº 1E-260-10.