REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, treinta de junio del dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: HP11-V-2010-000110
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles (30) de junio del dos mil diez (2010), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la audiencia preliminar en fase de sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Obligación de Manutención; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la parte demandante ciudadana: Migdalia Coromoto Párraga, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.159.274. Se deja constancia de la presencia del Ministerio Público. Asimismo comparece el ciudadano: Lino José González Solórzano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.486.650, debidamente acompañado del abogado José Manuel Arteaga Stelling, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogados Nº 43.407 y la Fiscal IV del Ministerio Publico Abg. Nancy Saray Becerra. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. María Ubilerma Aguilar, como secretaria accidental Abg. Crisálida Torrealba. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le impone a los presentes el motivo y alcance del acto, dando una explicación en qué consiste la fase de sustanciación y cual es la finalidad, la Jueza tiene autonomía y dirección en el desarrollo de la misma, las partes cuentan con 10 minutos para que expongan lo que consideren de ley. En este estado procede la Jueza a concederle el derecho de palabra a los ciudadanos: Lino José González Solórzano y a la ciudadana: Migdalia Coromoto Párraga, quienes manifiestan ante la ciudadana jueza, que desean llegar a un acuerdo en cuanto a la obligación de manutención. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano: Lino José Gonzáles, quien manifiesta: “Propongo la cantidad de trescientos sesenta bolívares (Bs. 360,00) mensuales, los cuales serán cancelados entre los siete (7) primeros días de cada mes y depositados en la cuenta del Banco Bicentenario; en cuanto a los gastos del mes de agosto y septiembre serán cubiertos por ambos yo cubriré el cincuenta por ciento (50%) y el otro cincuenta por ciento (50%) será cubierto por la progenitora, de igual manera serán cubiertos los gastos del mes de diciembre; en cuanto a los gastos médicos, serán cubiertos al momento en que se generen el cincuenta por ciento 50% cada uno ”. Es todo. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos: Lino Manuel González Solórzano y Migdalia Coromoto Párraga, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.486.650 y V-16.159.274, respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño: SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de dos (02) años de edad; en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el articulo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. María Ubilerma Aguilar Fiscal IV del Ministerio Publico
Abg. Nancy Saray Becerra
Comparecientes:
Migdalia Coromoto Párraga
Lino Manuel González Solórzano
José Manuel Arteaga Stelling
Abogado Asistente:
La Secretaria
Abg. Crisálida Torrealba
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