REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
San Carlos veintinueve de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: HP11-V-2010-000146
ACTA

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, martes (29) de junio del dos mil diez (2010), siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Obligación de Manutención de conformidad con lo establecido en el articulo 365 ejusdem de la Ley; incoado por la ciudadana: María de la Ascencio Montilla Pérez; en contra del ciudadano: Miguel Ángel Oramas Silva; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana: María de la Ascencio Montilla Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.365.976; quien solicita un tiempo de espera por cuanto el ciudadano: Miguel Oramas, se había comunicado con ella vía telefónica y le informó que ya venia en la vía hacia el tribunal y se le esperara. Se concede un tiempo de espera a los fines de que comparezca el demandado de autos. Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano: Miguel Ángel Oramas Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.328.422. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. María Ubilerma Aguilar, como secretaria la Abg. Crisálida Torrealba. Se declara abierta la audiencia, siendo las 8:50 a.m. Se le impone a los presentes el motivo y el alcance del presente acto, dando una explicación en que consiste la fase de mediación su finalidad y conveniencia; En este estado se le insta a las partes el motivo y alcance de la presente audiencia, concediéndole el derecho de palabra al ciudadano: Miguel Ángel Oramas Silva, quien manifestó “Propongo por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300,00) mensuales, a razón de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150,00) quincenal; en el mes de agosto me comprometo a comprarle la ropa y útiles escolares, previo aviso por parte de la progenitora; en el mes de diciembre, cubriré los gastos de la niña; en cuanto a los gastos médicos, en el momento en que se generen cubriré el cincuenta por ciento (50%) y la progenitora cubrirá el otro cincuenta por ciento (50%); en cuanto a los demás gastos, que la progenitora me avise que yo cubro o compro lo que la niña necesite”. Es todo. En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: María de la Ascencio Montilla Pérez, quien manifiesta: “Acepto lo propuesto por el progenitor de mi hija”. Es todo. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos: Miguel Ángel Oramas Silva y María de la Ascencio Montilla Pérez, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.328.422 y V-12.365.976, respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que le asisten a la niña: SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de diez (10) años de edad; en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el articulo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal

Abg. María Ubilerma Aguilar Comparecientes:

María de la Ascencio Montilla Pérez

Miguel Ángel Oramas Silva

La Secretaria

Abg. Crisálida Torrealba