REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 09 de junio de 2010.
Años: 200º y 151º
Se inició la presente causa en fecha dos (02) de diciembre del año dos mil cinco (2005), mediante escrito de Inspección Judicial, presentado por el ciudadano ARGEL JOSÉ GARCÍA BAEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 15.486.500, domiciliado en la urbanización Limoncito, bloque N° 01, apartamento 03-03, San Carlos, estado Cojedes, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, JOSÉ MANUEL ARTEAGA STELLING, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.407 y de este domicilio; a través del cual solicitan al tribunal, se traslade y constituya en las instalaciones donde funciona, la universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales UNELLEZ, ubicada en el Kilómetro 04 de la vía que conduce a la población de Manrique, San Carlos, estado Cojedes, específicamente en la oficina de Admisión Registro y Seguimiento Estudiantil (ARSE), con la finalidad de dejar constancia sobre los particulares descritos en la solicitud.
Por auto de fecha seis (06) de diciembre de 2005, se admite la presente solicitud, y a tales fines se ordenó el traslado y constitución del tribunal en lugar que se indica en dicha solicitud.
En fecha ocho (08) de diciembre de 2005, el Tribunal se trasladó y constituyó en las instalaciones señaladas ut supra, con la finalidad de practicar la inspección ordenada; acto en el cual se dejo constancia mediante la respectiva acta de la presencia del Ingeniero José Rafael Velásquez, titular de la cédula de identidad N° V5.749.183, quien se identificó Jefe (E) de la oficina de Admisión Registro y Seguimiento Estudiantil (ARSE), a quien se le notifico de la misión del tribunal; seguidamente se desarrollaron todos los particulares conforme a la solicitud de marras.
Ahora bien, por cuanto se observa que la última actuación fue el día ocho de (08) de diciembre de (2005), se remite la misma en el estado en que se encuentra, al Archivo Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, por falta de IMPULSO PROCESAL de las partes, para su custodia y resguardo.
El Juez Temporal,
Abg. VICENTE A. APONTE MORALES.
La Secretaria,
ABG. JESSENIA M. CAMACHO AGUIAR.
VAAM/JMCA/felixana.-