REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE







JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 09 de junio de 2010.
Años: 200º y 151º
Se inició la presente causa en fecha dos (02) de junio del año mil novecientos noventa y ocho (1998), mediante escrito de Inspección Judicial, presentado por la ciudadana GLENDA OVIEDO DE DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.903, y de este domicilio; actuando como Apoderada Judicial de la ciudadana MERY SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.692.592, domiciliada en Tinaquillo, estado Cojedes; a través del cual solicitan al tribunal, se traslade y constituya en la sede de la delegación San Carlos del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, ubicado frente a la plaza Bolívar de la ciudad de San Carlos, estado Cojedes, con la finalidad de dejar constancia sobre los particulares descritos en la solicitud.

Por auto de fecha cuatro (04) de junio de 1998, se admite la presente solicitud, y a tales fines se ordenó el traslado y constitución del tribunal en lugar que se indica en dicha solicitud. En ésta misma fecha, el Tribunal se trasladó y constituyó en las instalaciones señaladas ut supra, con la finalidad de practicar la inspección ordenada; acto en el cual se dejo constancia mediante la respectiva acta de la presencia del Comisario RAMÓN SEGUNDO MORILLO, titular de la cédula de identidad N° V-2.379.989, a quien se le notifico de la misión del tribunal; seguidamente se desarrollaron todos los particulares conforme a la solicitud de marras.

Ahora bien, por cuanto se observa que la última actuación fue el día cuatro (04) de junio de mil novecientos noventa y ocho (1998); se remite la misma en el estado en que se encuentra al Archivo Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, por falta de IMPULSO PROCESAL de las partes, para su custodia y resguardo.
El …………


….. Juez Temporal,


Abg. VICENTE A. APONTE MORALES.

La Secretaria,


ABG. JESSENIA M. CAMACHO AGUIAR.





Solicitud N° 1550/98.-
VAAM/JMCA/felixana.-