REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DE JUICIO DEL
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECRETARIA

San Carlos, 09 de junio de 2010
200° y 151°


Quien suscribe secretaria DAMELLYS PONCE RAMOS, hace constar que para el día de hoy MIERCOLES, 09 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, estaba fijada la celebración del Juicio Oral y Privado para las 9:00 a.m., en la causa signada bajo la nomenclatura 1M-152-09, seguida en contra del adolescente acusado (IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LPNNA), a quien se le sigue proceso por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE VIOLENCIA SEXUAL, de conformidad con el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia; COUTOR EN EL DELITO DE AMENAZA, de conformidad con el articulo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, y COAUTOR DEL DELITO DE LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS, previsto y sancionado en el articulo 416 en concordancia con el articulo 418 del Código Penal, y por cuanto no hubo Despacho en este Tribunal, en virtud de que la ciudadana Jueza Bethzaida. C. Santamaría Z, fue convocada en el día de hoy por la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, como Jueza Suplente en el Tribunal de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, estando la misma designada por la Comisión Judicial del Tribunal supremo de Justicia según oficio CJ-1822, de fecha 04 de agostos de 2008.-
Así las cosas, se acuerda diferir el presente acto, el cual fijara el Tribunal por auto separado la fecha de la nueva oportunidad para la celebración del Juicio Oral Y Privado.

LA SECTERIA



DAMELLYS PONCE RAMOS

Causa 1M-152-09