REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES
200° y 151º
En el día de hoy, LUNES SIETE (07) DE JUNIO DOS MIL DIEZ (2010), siendo las 10:00 de la mañana, después de una hora y media, de la hora fijada para la celebración del juicio, en espera de las partes, se integra el Tribunal unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, conformado por el ciudadano Juez Titular en Funciones de Juicio, ABG. GERMAN ALFREDO BREA ROJAS, la ciudadana Secretaria de Juicio ABG. INMACULADA FONSECA y el alguacil FREDDY MATA, en la Causa Nº 1U-178-10, seguida en contra del adolescentes acusado (IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionados en los artículos 458 concatenado con el articulo 83 y 272 en relación con el 277 todos del Código Penal.- Seguidamente el Juez pregunta alguacil que informe quienes se encuentran presentes y el mismo procede a informar la presencia de las partes, testigos y expertos, indicando al Tribunal que se encuentran presentes, la Fiscal Quinta Especializada del Ministerio Público, ABG. MARIA ALEJANDRA VASQUEZ MORA, el acusado (IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), el representante legal del adolescentes acusado, ciudadana DANNY RIVERO, la comparecencia de los orgasmos de prueba FUNCIONARIOS JUAN CARLOS MEDINA Y MORALES GENCIS, igualmente se deja constancia de la incomparecencia de la defensa privada ABG EULER FERNANDEZ y ANY CASTILLO Y DE LAS VICTIMAS, quienes fueron debidamente notificados para la celebración del Juicio Oral y Privado y los demás órganos de prueba.- Seguidamente el Tribunal oída la información suministrada por el Alguacil, de la incomparecencia de la defensa privada, las victimas, expertos y demás órganos de pruebas, quienes fueron debidamente notificados para la celebración del Juicio Oral, y por cuanto solo comparecieron los funcionarios JUAN CARLOS MEDINA Y MORALES GENCIS, no apertura el debate, dada la incomparecencia de las personas antes señaladas las cuales deben intervenir en el juicio, es por lo que este tribunal acuerda diferir el presente juicio oral y privado, para el día MARTES QUINCE (15) DE JUNIO DE 2010, A LAS 08:30. a.m., para dar inicio al JUICIO Oral y Privado.- Igualmente se acuerda Notificar a la defensa privada y a las victimas, a los fines de que comparezcan con carácter obligatorio.- En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE JUICIO DE LA SECCIÒN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DSE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ACUERDA: Diferir la celebración del Juicio Oral y Privado, fijando nueva oportunidad para el día MARTES QUINCE (15) DE JUNIO DE 2010 A LAS 08:30 de la mañana.- Se ordena Librar la correspondiente Boleta de citación al testigo presente, verificándose con ella la presencia en esta sala. Notifíquese a la defensa privada, a las victimas y a los expertos.- Quedan las partes presentes notificadas. Líbrese las correspondientes Boletas. Cúmplase lo ordenado. Es Todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las 10:30 de la mañana.
EL JUEZ TITULAR EN FUNCIÓN DE JUICIO
GERMAN ALFREDO BREA ROJAS.
FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PUBLICO
DEFENSORES PRIVADOS
NO ASISTIERON
ACUSADO Y SU REPRESENTANTE LEGAL
FUNCIONARIOS
ALGUACIL DE SALA
SECRETARIA DE SALA
1U-178-10