REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES

SAN CARLOS, 04 DE JUNIO DE 2010.
200° Y 151°


Revisadas como han sido las presentes actuaciones correspondientes a la causa signada bajo el Nº 1M-163-09 seguida en contra de (la) (los) joven adulto (a): (IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LONNA), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, se pudo constar en la revisión exhaustiva realizada a las presentes actuaciones, que este Tribunal en fecha: 12 de enero del 2010, acordó la ubicación y Captura del imputado (IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LONNA), en consecuencia se acuerda RATIFICAR los oficios de fecha 12 de Enero del 2010 y 11 de Marzo de 2010. No obstante, se evidencia de las actas que conforman la presente causa, que hasta la presente fecha, no se ha recibido información alguna sobre la efectividad de lo ordenado por este Tribunal en su oportunidad legal, consistente de la UBICACIÓN y CAPTURA del joven adulto supra identificado, Oficiar al Comisario del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas sub.-delegación de Acarigua Estado Portuguesa y a la Comandancia General de la Policía del estado Portuguesa, del Estado Cojedes, a los fines de de la inmediata captura del joven mencionado. En consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA SECCION DE ADOLESCENTES ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Oficiar al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalisticas Delegación de de Acarigua Estado Portuguesa, a la Comandancia General de la Policía del estado Portuguesa, a los fines de de la Ubicación y captura del joven (IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LONNA), por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, y RATIFICAR los oficios de fecha 12 de Enero del 1020 y 11 de Marzo de 2010. En consecuencia. Ofíciese lo conducente de la presente decisión. Así se decide.-


EL JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO,


ABG. GERMAN BREA ROJAS



LA SECRETARIA,



ABG. VERONICA HERNANDEZ


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado
(Sctría)












CAUSA 1M-163-09.-
F-05-0184-02
Ana s.-