REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 13 de Julio de 2.010.-
200° y 151º
JUEZ DE CONTROL: ABG. ADELA MARGARITA CARRASCO BARRETO
SECRETARIA DE CONTROL: ABG. NESTOR LUIS GUTIERREZ CARDOZO
FISCAL QUINTO ESPECIALIZADO: ABG. YORLENY CARMONA GARCIA
DEFENSORA PÚBLICA PENAL ESPECIALIZADA: ABG. MARIA ELADIA OJEDA
IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA
VÍCTIMA: YONEIKER GONZALEZ GARRILLO
DELITO: ABUSO SEXUAL SIN PENETRACIÒN
CAUSA N° 2C-1742-09
EXPEDIENTE FISCAL N° 09-F05-0035-09
En el día de hoy, siendo a las 10:30 horas de la mañana, se constituye nuevamente el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 2, del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, conformado por la ciudadana Jueza ABG. ADELA CARRASCO BARRETO, el ciudadano Secretario, ABG. NESTOR GUTIERREZ y el alguacil REINALDO SANDOVAL, a los fines de celebrar la AUDIENCIA ORAL Y PRIVADA, con el objeto de decidir sobre la solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, formulada por la Representación del Ministerio Publico, de conformidad con el artículo 285 numeral 2 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 37 ordinal 15 de la ley orgánica del Ministerio Publico y 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña, a favor del adolescente 1.- IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA, por el presunto delito d e ABUSO SEXUAL SIN PENETRACION, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; En este estado, encontrándose presentes en la sede del Tribunal de Control: la Fiscal Quinta Auxiliar Especializada del Ministerio Público, ciudadana ABG. YORLENY CARMONA GARCIA, la ciudadana defensora publica penal Especializada ABG. MARIA ELADIA OJEDA, El imputado adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA, quien se encuentra acompañado de su representante legal ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, y se deja constancia que la victima no asistió. Es todo. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra a la Fiscal Auxiliar Quinto Especializado del Ministerio Público ABG. YORLENY CARMONA GARCIA, quien expone: “ Primeramente dejo constancia que me hice presente a las 10.0 AM a fin de acudir a la celebración de sobreseimiento que estaba fijada a las 10:00 am, y se deja constancia que al momento en que me presente estaba presente la defensora ABG MARIA ELADIA OJEDA, quien me manifestó que había hecho acto de presencia a las 10:03 AM; seguidamente, Ratifico el escrito de solicitud de SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente presentado en fecha 28/06/2010, por ante la Unidad de Alguacilazgo Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, a favor del adolescente, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA, imputado en la presente causa, por el presunto delito de ABUSO SEXUAL SIN PENETRACIÒN, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en razón de que no se tiene todos los elementos de convicción necesarios para poder ejercer la acción penal, habida cuenta que si bien es cierto el adolescente es reconocido por la victima como su agresor, no se menos cierto que existen claras y francas contradicciones en lo actuado e investigado hasta la presente fecha, no existen hasta la presente fecha fundados elementos de convicción que nos permitan solicitar el enjuiciamiento del mismo, es por ello que solicito el Sobreseimiento Provisional antes dicho y no existir la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción de manera inmediata. Es todo”. Seguidamente el imputado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA fue impuesto de sus Derechos Constitucionales y Legales establecidos en los artículos 49.5 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y artículos 540,541, 542, 543 y 654 de la ley orgánica de protección del niño y del adolescente. Seguidamente se le concede el derecho de palabra IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA, y expone: “No deseo declarar “. Es todo. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra a la Defensora Pública Penal ABG. MARIA ELADIA OJEDA, quien expone: “deja constancia se hizo acta de presencia a las 10:03 am, a los fines de atender los requerimiento y estando presente en al oficina de alguacilazgo se presento el fiscal a las 10:05 am, siendo informada que se había acordado la de espera de treinta minutos no obstante estar presente las partes el alguacilazgo no dejo constancia de la presencia de esta defensa en el libro de novedades a los fines de asistir a la audiencia Que nos ocupa, se deja constancia que en fecha 10/03/2010 fue realizada solicitud de plazo de conformidad 313 Código Orgánico Procesal penal la cual fue tramitada por el tribunal control No.- 1, la cual consigno en dos folios útiles constancia simple de la solicitud y boleta de notificación; no obstante la referida solicitud no fue decidida conforme a los requerimientos de la misma, y de ley; en relación a al solicitud fiscal la defensa observa que de las actuaciones ordenadas en el acto de apertura de la investigación fueron agotadas con excepción de pruebas de tipo técnica como lo son microanálisis de objetos incautados no obstante estar ordenadas dichas diligencias, se desprende que corre inserta evaluación medica 06/03/2010 suscrita por medico pediatra, del hospital Joaquina de rotondaro se evidencia contradicción a examen forense inserto al folio 22 causa este ultimo destacando que no se observan signos externos de lesiones físicas ni grietas ni fisuras de mucosa ano rectal la defensa solicita que estima las circunstancia de hecho que operan a favor del adolescente, en le sentido de que3 debe ser acordado el sobreseimiento definitivo de conformidad con el artículo 561 literal “d” de la LOPNNA con los efectos de ley solicito el cese de la medida impuesta consigno constancia en cinco folios a los fines de que sean estimadas a los fines del cese de medida de donde se desprense la ocupación del adolescente, solcito copias simples de la causa.- Acto seguido, este Tribunal vista la solicitud del Representante del Ministerio Público, así como la exposición de la Defensa, para decidir observa: que del recorrido de las actas procesales tenemos que riela al folio 7 Denuncia de fecha 06-03-2009, interpuesta por la ciudadana madre del menor GARRILLO ZULAYMA, por ante el Destacamento Policial No.- 2 del Instituto Autónomo de la Policía del estado Cojedes, Donde Entre Otras Cosas Dice: “”…en el día de hoy 06/03/2009, siendo las 8:00 de la noche mi hijo mayor me llama por teléfono y me dice que mi hijo IDENTIDAD OMITIDA llego llorando a la casa y le pregunta que le pasaba como no decía nada lo reviso y vio que el pompas lo tenia rojo y le pregunto que como se hizo eso y le dijo que “el Negro lo habían empujado al monte y le había bajado los pantalones y con el pipi le daba por atrás …”. Riela al folio 10 Acta Procesal Penal de fecha 06/03/2009, debidamente firmada por los funcionarios actuantes en el procedimiento de aprehensión del presunto adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA; Riela a los folios 10 Acta de Entrevista a los funcionarios actuantes en el procedimiento; Riela al folio 11 Acta de Entrevista al ciudadano PINEDA GARRILLO JESUS MANUEL, quien entre otras cosas expuso: … cuando me llama mi pareja y me dice que el niño había llegado a la casa llorando por que el negro le había bajado los pantalones y le había lecho algo por detrás …”, Riela al folio 11 Acta de Entrevista a la ciudadana JENNIFER CAROLINA LEAL CABALLERO, quien entre otras cosas dijo: “… IDENTIDAD OMITIDA se salio de la casa y al rato llega llorando y me dice que el negro le había bajado los pantalones, lo había acostado y que le había hecho algo por detrás …” Riela al folio 14 Acta de Entrevista a la ciudadana SANCHEZ YULIS JOSEFINA, quien entre otras cosas expuso: “ … me hijo me dice que se encontraban jugando el escondido … y que cada uno se escondió por su lado, no pudo ver si el negro se había escondido junto con IDENTIDAD OMITIDA, después lo vio montado en una pared y se cayo como comenzó a llorar mijo se fue para la casa: Riela al folio 15 Acta de Entrevista a la ciudadana ADRIANA MARIA ARCILA JAIME quien entre otras cosas expuso: “ … estaban jugando el escondite en una casa abandonada, cada uno de ellos se escondió separado después vio a IDENTIDAD OMITIDA montado en una pared de donde se cayo, el niño empezó a llorar y mi hijo se fue para la casa …”; Riela al folio 18, Registro de Cadena de Custodia, Riela al folio 19 y 20 Acta de Entrevista a la presunta victima IDENTIDAD OMITIDA; Riela al folio 22 Constancia de Medicatura Forense debidamente firmada por el Dr. Omar Medina, realizada a la presunta victima IDENTIDAD OMITIDA, la cual en sus conclusiones expuso: EXAMEN FISICO: NO se observan signos externos de lesiones físicas; ANO RECTAL: no se observan grietas, ni fisuras a nivel de mucosa ano rectal; Analizados los supra elementos de convicción presentes en las actas procesales, considera prudente y lógico en el presente caso, compartir el criterio de la representante del Ministerio Publico, en el sentido de solicitar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad con lo pautado en el artículo 561 literal “e” de la LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES el cual establece: FIN DE LA INVESTIGACION. Finalizada la investigación, el fiscal del Ministerio publico deberá: omissis …e) solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción” a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA; Considera esta juzgadora que es deber del estado garantizar la paz social garantizando los derechos de las victimas e imputados tomado en cuenta el artículo 8 y artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, y como quiera que la solicitud del Ministerio Publico de sobreseimiento provisional quien considero que faltan elementos incorporar a la investigación que le permitan el ejercicio de la acción penal; por otro lado, de la revisión de las actas se desprende como indico la defensa publica en este acto que hacen falta diligencias y practicas; y, como quiera que el adolescente a través de las constancias demostró que se encuentra estudiando y en actividades complementarias y cuenta con el apoyo de su familia y siendo el fin ultimo en el proceso es educativo, considera prudente y ajustado a derecho ACORDAR el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad con el articulo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; En este mismo orden de ideas, en relación a la medida cautelar acordada en la audiencia de presentación de imputado de fecha 07/03/2009, se acuerda el cese de la misma, y en consecuencia ofíciese lo conducente a la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Así mismo, se acuerda solicitar al Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, todas las actuaciones referentes a esta causa y que sean remitidas con la urgencias del caso a este Tribunal, para que sean agregadas a la causa principal; Agréguense los folios presentados por la defensora publica penal en la audiencia; por lo cual JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, obrando de conformidad con lo establecido en el articulo 253 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y el articulo 282 del Código Orgánico Procesal penal en concordancia con el articulo 555 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por remisión expresa del articulo 537 eiusdem; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO.- Declara el Sobreseimiento Provisional a favor de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 LOPNNA, a quien se le sigue el presente procedimiento por la presunta comisión de uno de los delitos “Contra las Personas” específicamente el delito de ABUSO SEXUAL SIN PENETRACIÒN, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: En este mismo orden de ideas, en relación a la medida cautelar acordada en la audiencia de presentación de imputado de fecha 07/03/2009, se acuerda el cese de la misma, y en consecuencia ofíciese lo conducente a la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial. TERCERO: Se pasa fundamentar la presente decisión por auto separado de conformidad con lo establecido 324 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: se acuerda solicitar al Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, todas las actuaciones referentes a esta causa y que sean remitidas con la urgencias del caso a este Tribunal, para que sean agregadas a la causa principal. Remítase la presente causa a la Fiscalía V del Ministerio Público una vez vencido el lapso legal para interponer los Recursos de Ley. Ofíciese lo conducente. Así se decide. Terminó siendo las 11:55 AM. Se leyó y conformes firman:
ABG. ADELA MARGATIRA CARRASCO BARRETO
JUEZA DE CONTROL No- 2
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