REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS, RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO, FALCÓN, ANZOÁTEGUI, EL PAO, RICAUTER Y GIRARDOT


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS y RÓMULO GALLEGOS, TINACO y LIMA BLANCO, FALCÓN, ANZOÁTEGUI y EL PAO, RICAURTE y GIRARDOT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.



San Carlos de Austria, 14 de julio de 2010
Años 200° y 151°


Cumplida parcialmente como fue la presente comisión y no habiendo mas diligencias que practicar, hasta tanto el comitente resuelva sobre la oposición planteada por el tercero, se acuerda devolver la misma en el estado que se encuentra al juzgado comitente. Déjese constancia de su salida y de sus folios en los libros respectivos; así mismo se ordena dejar por secretaria copia certificada de cada una de las actuaciones, a los fines de su archivo, en tal sentido se comisiona a la ciudadana abogada Yolimar Camacho, titular de la cédula de identidad N° 12.367.629, asistente de este tribunal, quien junto con la secretaria suscribirá cada una de sus paginas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil Vigente.
El Juez Provisorio,

Abg. Leonardo Rafael Arcaya Rodríguez.
La Secretaria,

Abg. Daniela De Lourdes Canelón Lara.
Conforme fue acordado, se devuelve la comisión N° 538/470 constante de -52- folios utilizados, junto con oficio N°JPEM-2010-0714-054, se dejo constancia de su salida en el Libro Diario y en el Libro de Comisiones Despachadas o Remitidas, se dejo copia certificada la cual fue archivada.

La Secretaria,


Abg. Daniela De Lourdes Canelón Lara.

Comisión538/470