República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco,
Falcón, Anzoátegui y el Pao, Ricaurte y Girardot de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
200° Y 151°
En horas de despacho del día de hoy, trece (13) de julio de 2010; siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) se trasladó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y el Pao, Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, integrado por el Juez Provisorio y la Secretaria abogados Leonardo Rafael Arcaya Rodríguez y Daniela De Lourdes Canelón Lara, titulares de las cédulas de identidad de la República Bolivariana de Venezuela números V-7.547.189 y V-16.994.199, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 54.989 y 122.302; respectivamente, y se constituyó a las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), en el lugar indicado en la comisión a fin continuar con la practica de medida ejecutiva de desalojo decretada por el Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con motivo del juicio por desalojo de inmueble, seguido por la ciudadana Maria Cecilia Cardona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.971.296, contra el ciudadano Yasmer José Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.113.970. Acto seguido fuimos recibidos por el ciudadano Yasmer José Pérez, titular de la cedula de identidad N° V- 14.113.970, quien expuso: entrego en este acto la vivienda totalmente desocupada y las llaves de la misma, a la señora Maria Cecilia Cardona. Inmediatamente el Tribunal pudo evidenciar que el inmueble se encuentra completamente desocupado de cosas propias del ejecutado y de personas relacionadas con él, por lo cual declara parcialmente cumplida la medida ejecutiva de desalojo y se hace entrega del inmueble libre de cosas y personas por lo que se refiere al ejecutado, así como de la llave de la puerta principal de la vivienda que forma parte del inmueble objeto de desalojo, quedando pendiente la resolución de la oposición del tercero por parte del Tribunal comitente. Seguidamente interviene la ciudadana Maria Cecilia Cardona debidamente asistida de la ciudadana abogada Lilibeth Martínez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 110.897, quien expone: recibo conforme en este acto solo por lo que respecta a la casa de habitación, quedando pendiente por recibir el lote de terreno que da a la calle doce Sorocaima y trece San Juan. Por lo que respecta al pago de los cánones de arrendamiento vencidos por cuanto no existen bienes que embargar, me reservo el derecho de ejecutar el cobro de bolívares a posteriori, es todo. El Tribunal oída las exposiciones de las partes declara terminado el acto y acuerda la remisión de estas actuaciones al comitente a los fines de que resuelva lo que considere pertinente en cuanto a la oposición del tercero. Siendo las once horas y cincuenta minutos de la mañana (11:50 p.m.) se acuerda el regreso del Tribunal a su sede. Se deja constancia que en la práctica de la presente medida no se violaron derechos humanos, ni se causaron daños materiales, ni al ambiente. Del mismo modo se deja constancia que el Tribunal se hizo acompañar de una comisión policial integrada por los funcionarios agentes Luís Tronca, titular de la cedula de identidad N° V- 20.486.925 y Aldrual Gadea, titular de la cedula de identidad N° V- 19.543.495 y del ciudadano Marcelino Araujo, Representante legal de la depositaria judicial Los Tres Candados C.A. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio.
Abg. Leonardo Rafael Arcaya.
La parte actora.
Maria Cecilia Cardona
Abogada asistente de la parte actora
Lilibeth Martínez
La parte demandada.
Yasmer José Pérez,
Representante Legal de la Depositaria Judicial
Marcelino Araujo.
Comisión policial
Luís Tronca,
Aldrual Gadea,
La Secretaria.
Abg. Daniela Canelón Lara.
Comisión N° 538/470.
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