REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Diecisiete de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: HH11-V-2001-000093
DEMANDANTE: LOURDES TORREALBA DE CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.359.369.
DEMANDADOS: MARIA JOSEFA ESCORCHE DE SANDOVAL, OMAR JOSE SANDOVAL, ELIZABETH SANDOVAL, MARIA NARCISA SANDOVAL, CIPRIANO ANTONIO SANDOVAL, MIGDALIA ELENA SANDOVAL, BELKIS MARIBEL SANDOVAL, RAFAEL AUGUSTO SANDOVAL, EMILIO JOSE SANDOVAL, CIMAR CAROLINA SANDOVAL, ORLANDO SANDOVAL y DEISY CAROLINA SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 1028.647,5.209.133, 3.692.971, 3.692.970, 5.209.134, 7.537.882, 9.534.787, 9.539.802, 8.671.745, 10.329.023, 14.899.551, 15.300.194, 16.424.148.
APODERADO JUDICIAL: RAFAEL HUMBERTO RAMOS BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-. 7.088.198, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 450224.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.


Aprehende el conocimiento de la presente demanda por Cumplimiento de Contrato, este Tribunal en virtud de escrito presentado en fecha dieciséis (16) de Abril de dos mil uno (2001), por parte del profesional del derecho Rafael Humberto Ramos Blanco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-. 7.088.198, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 450224, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Lourdes Torralba de Campos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.359.369, a los fines de demandar por Cumplimiento de Contrato a los ciudadanos Maria Josefa escorche de Sandoval, Omar Jose Sandoval, Elizabeth Sandoval, Maria Narcisa Sandoval, Cipriano Antonio Sandoval, Migdalia Elena Sandoval, Belkis Maribel Sandoval, Rafael Augusto Sandoval, Emilio Jose Sandoval, Cimar Carolina Sandoval, Orlando Sandoval, Deisy Carolina Sandoval y a la adolescente SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA). , ya identificados.
Así las cosas, evidencia esta jurisdicente mediante auto de fecha 25 de enero de 2008, que al folio 421 de las actas procesales, el Tribunal declaró reanudado el presente procedimiento, sin embargo, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un (01) año sin que las partes hicieran actuación alguna en el presente procedimiento a los fines de impulsarlo, estando subsumida la presente causa en el supuesto normativo previsto en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil que en su encabezamiento reza: (sic)
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa no producirá la perención.…”.

Siendo que el efecto jurídico de la inactividad procesal es sancionada por la Ley con la perención de la instancia, es por lo que, lo procedente en derecho es declarar la perención de la instancia y en consecuencia, la extinción del presente procedimiento por Cumplimiento de Contrato de Compra Venta, incoado por parte del profesional del derecho Rafael Humberto Ramos Blanco, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Lourdes Torralba de Campos, en contra de los ciudadanos Maria Josefa escorche de Sandoval, Omar Jose Sandoval, Elizabeth Sandoval, Maria Narcisa Sandoval, Cipriano Antonio Sandoval, Migdalia Elena Sandoval, Belkis Maribel Sandoval, Rafael Augusto Sandoval, Emilio Jose Sandoval, Cimar Carolina Sandoval, Orlando Sandoval, Deisy Carolina Sandoval, y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se decide.

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar la Perención de la Instancia y en consecuencia, se extingue el presente procedimiento por el motivo de Cumplimiento de Contrato de Compra Venta, incoado por parte del profesional del derecho Rafael Humberto Ramos Blanco, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Lourdes Torralba de Campo, en contra de los ciudadanos Maria Josefa escorche de Sandoval, Omar José Sandoval, Elizabeth Sandoval, Maria Narcisa Sandoval, Cipriano Antonio Sandoval, Migdalia Elena Sandoval, Belkis Maribel Sandoval, Rafael Augusto Sandoval, Emilio José Sandoval, Cimar Carolina Sandoval, Orlando Sandoval y Deisy Carolina Sandoval.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del dos mil diez (2010). Años 199° de la Independencia y 150º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria

Abg. Eliana Coromoto Lizardo