REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO GIRARDOT

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO GIRARDOT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES

El Baúl 24, de febrero de 2010.
199º y 151º

Vista la diligencia que antecede, presentada por el ciudadano ANGEL CRISTOVAL SANCHEZ LEON, titular de la cédula de identidad Nº. 8.665.173, asistido en este acto por el abogado WILMER GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 85.814, en la cual solicita la ejecución de la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha diez (10) de febrero del año dos mil diez (2010), que declara con lugar la solicitud de rectificación de acta de matrimonio. Firme como ha quedado la sentencia este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 524 del Código de Procedimiento Civil ordena su EJECUCION, expídase por secretaria copias certificadas de la sentencia, y estámpese la respectiva nota marginal en el libro de registro civil de matrimonio, llevados por este Tribunal en el año 1983, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Vista la solicitud de devolución de los documentos originales, certificaciones de partida de nacimiento y certificación de datos filiatorios insertos en el presente expediente, a los folios 4, 5, 6 y 7. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 112 de Código de Procedimiento Civil y por cuanto la presente causa está concluida, ordena la entrega de los referidos documentos, ordenándose dejar en su lugar copias certificadas por secretaría de estos documentos.



El Juez Temporal.
Abg. Emirton I. Rodríguez T.



La Secretaria Suplente.
Carmen I. Esqueda.






Exp. Nº. 282.
EIRT/mlgm