Vista mi designación en fecha: 11 / 02 / 2010, como Juez Temporal del Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de conformidad me aboco al conocimiento de la presente causa, signada bajo el Nº 2.345 – 08, así mismo, siendo la oportunidad fijada, para que tenga lugar el acto conciliatorio entre los ciudadanos: MILAGROS MERLIANIS PINTO PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V – 14.113.367, de este domicilio, en su carácter de madre y representante legal de la niña (IDENTIDAD PROTEGIDA), debidamente asistida por el Abogado Richard Reyes, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 136.549, en su carácter de Asesor Jurídico del Consejo Municipal del Derechos del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Falcón del Estado Cojedes y el ciudadano ORLANDO RUBEN ESCOBAR ECHANDIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V – 7.560.064, en su carácter de Obligado de Manutención y Abogado, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 136.432; en la presente demanda.- Seguidamente en presencia de los ciudadanos Juez y secretaria del Tribunal, se le concede el derecho de palabra al ciudadano Orlando Rubén Escobar Echandía, antes plenamente identificado, el cual expone lo siguiente: “ En este acto me comprometo a incluir a mi hija (IDENTIDAD PROTEGIDA), en el seguro H.C.M. de la empresa donde trabajo, una vez que la madre ciudadana MERLIANIS PINTO PAEZ, madre la niña consigne la partida de nacimiento de la misma en el expediente, igualmente estoy de acuerdo en que se oficie a la empresa donde trabajo actualmente, a los fines de que informe a este Tribunal de los beneficios laborales que percibo, y procedan a descontar de mi Sueldo Básico los siguientes porcentajes: 10 % de Sueldo Básico Mensual, 10 % de Bonificación de Fin de Año, 10 % de Prestaciones Sociales en caso de despido o de retiro voluntario del lugar de trabajo. Asimismo, me comprometo a costear el 50 % de los Gastos Compartidos, para que la ciudadana MERLIANIS PINTO PAEZ cubra el otro 50 % de dichos gastos, es todo”. Acto seguido este Tribunal le concede el derecho de palabra a la ciudadana Merlianis Pinto Páez, antes identificada y expuso: “ Estoy totalmente de acuerdo con todo lo expuesto por el padre de mi hija, ciudadano Orlando Rubén Escobar Echandía, es todo”, Oído el convenimiento celebrado entre las partes, este JUZGADO DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, da por consumado el presente Acto, de conformidad con lo previsto en el Art. 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNA) e imparte su HOMOLOGACION, procédase como en sentencia pasada con Autoridad de Cosa Juzgada Formal y en consecuencia, conforme a lo solicitado se ordena oficiar al ciudadano Coordinador de Gestión Humana de CANTV, Agencia San Carlos, Estado Cojedes, a los fines de que proceda a descontar directamente de la nomina del trabajo, ciudadano Orlando Rubén Escobar Echandia, obligado de manutención, titular de la cedula de identidad Nº V – 7.560.064; los porcentajes antes señalados, librese oficio de Notificación a la Fiscalía IV del Ministerio Público del Estado Cojedes y a la Defensoria Municipal de la presente homologación. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez Temporal,
Abg. Gustavo Vásquez Quintero
Los Comparecientes:
Abogado Asistente de la Parte Demandante: _________________________
I.P.S.A., Nº C. I. Nº V –
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C.I. Nº V –
La Secretaria,
Abg. Anny Pérez
EXP. Nº 2.345 - 08
GV./AP./fl.-
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