REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 14 de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: HP11-J-2010-000599
SOLICITANTES: Betzabeth Antonieta Acosta Lozada, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.183.459.
ABOGADO ASISTENTE: Enio Jesús Rosales Velasco, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.322.
MOTIVO: Ejecución Sentencia de Divorcio
SENTENCIA: Interlocutoria
Revisadas cuidadosamente las actas que conforman el presente asunto, contentivo de la causa de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, formulado por los ciudadanos Betzabeth Antonieta Acosta Lozada y Ángel David puentes Vargas, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-13.183.459 y V-10.421.857 respectivamente, esta juzgadora, actuando en funciones de Ejecución del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, estima hacer las siguientes consideraciones:
Que mediante diligencia presentada en fecha 07 de diciembre de 2010, la ciudadana Betzabeth Antonieta Acosta Lozada, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-13.183.459, solicito la Ejecución de la Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, dictada por este Tribunal en fecha 26 de octubre de 2010.
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en uso de sus atribuciones de ejecución y de conformidad con los artículos 523 y 524 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: La Ejecución de la Sentencia de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de los ciudadanos Betzabeth Antonieta Acosta Lozada y Ángel David puentes Vargas, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-13.183.459 y V-10.421.857 respectivamente, dictada por este Tribunal, en fecha 26 de octubre de 2010, quienes contrajeron Matrimonio por ante la Prefectura del Municipio San Carlos del Estado Cojedes, en fecha 18 de noviembre de 2003, según acta Nº 232, folio 346, año 2003. Expídase por Secretaría cuatro (04) juegos de copias certificadas de la sentencia y remítase copia de la misma al Registro Civil del Municipio San Carlos del Estado Cojedes y al Registro Principal del Estado Cojedes. Líbrese oficios. Cúmplase.
Los gastos derivados de este procedimiento son a cargo de los solicitantes.
Publíquese, Regístrese y Ejecútese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medición y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los catorce (14) días del mes de diciembre del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo
En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062010000896.
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