REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, 05 de agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO: HP11-J-2010-000331

I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES


SOLICITANTE: Armando Fernández Goncalves, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.991.433, residenciado en la Urbanización Corozal, Avenida Principal, cruce con calle 1, casa s/n, Tinaco, estado Cojedes.
BENEFICIARIO: SE OMITE NOMBRE, venezolana, de doce (12) años de edad.
MOTIVO: Cúratela.
SENTENCIA: DEFINITIVA.


II
PARTE NARRATIVA

Se inicia la presente causa mediante escrito presentado en fecha 13 de julio de 2010, por el ciudadano: Armando Fernández Goncalves, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.991.433, residenciado en la Urbanización Corozal, Avenida Principal, cruce con calle 1, casa s/n, Tinaco, estado Cojedes, representado por los abogados: Raúl Lara Colmenares y Reynaldo Mújica, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nos. 134.444 y 122.321, en defensa de los derechos e intereses de la adolescente: SE OMITE NOMBRE, venezolana, de doce (12) años de edad., a solicitud del ciudadano: Armando Fernández Goncalves, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.991.433, residenciado en la Urbanización Corozal, Avenida Principal, cruce con calle 1, casa s/n, Tinaco, estado Cojedes, en el cual solicita se nombre Curador Ad-hoc a su hija SE OMITE NOMBRE, y para el nombramiento propone al ciudadano: José Guillermo Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.113.131. Acompaña a la solicitud: Copia certificada del acta de nacimiento de la Adolescente suscrita por el Registrador Civil del Municipio Tinaco estado Cojedes, que rielan a los folios trece (13), de las actas procesales que conforman el presente asunto.
Corresponde por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento de la presente causa por lo que en fecha 15 de julio de 2010, se le da entrada y se admite la solicitud y se fija audiencia para el día 28 de julio de 2010, a las 8:30 de la mañana, a los fines de oír al aspirante a curador.
En la oportunidad de celebrarse la audiencia acudió la solicitante en compañía del aspirante a curador ciudadano José Guillermo Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.113.131, quien manifestó estar de acuerdo en aceptar el cargo de curador Ad-Hoc, siendo debidamente juramentado por la Jueza de Mediación.

III
PARTE MOTIVA

Procede esta juzgadora a decidir la presente solicitud, para lo cual hace las siguientes consideraciones:
Observa esta juzgadora del contenido del escrito de solicitud con los recaudos producidos, por el ciudadano: Armando Fernández Goncalves, quien solicitó al Tribunal se le designe un Curador Ad-hoc, a su hija: SE OMITE NOMBRE, y para el nombramiento de curador propone al ciudadano: José Guillermo Fernández, en razón de que en un futuro inmediato tiene programado contraer nuevas nupcias.
Confirmados los supuesto de hecho exigidos por la norma jurídica invocada en el artículo 110 del Código Civil venezolano, el cual establece lo siguiente:
“Cualquier persona que vaya a casarse y tenga hijos menores bajo su potestad, ocurrirá ante el Juez de Menores de su domicilio para que nombre un curador ad-hoc”.

Visto que se encuentran llenos los extremos establecidos en la norma citada, es por que esta Juzgadora considera procedente en derecho designar como curadora Ad-Hoc de la Adolescente SE OMITE NOMBRE, al ciudadano: José Guillermo Fernández. Así se decide.

IV
DECISION

Es por todo lo expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Resuelve: Designar curador Ad-Hoc al ciudadano: José Guillermo Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.113.131, a los fines de que realice las funciones inherentes al cargo para el cual fue designado a favor de la Adolescente SE OMITE NOMBRE, con ocasión al futuro matrimonio que contraerá su progenitor ciudadano: Armando Fernández Goncalves, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.991.433, residenciada residenciado en la Urbanización Corozal, Avenida Principal, cruce con calle 1, casa s/n, Tinaco, estado Cojedes. Expídase por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devuélvase los documentos originales.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medición y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos a los cuatro (04) días del mes de agosto de dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño
La Secretaria

Abg. Eliana Lizardo

En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062010000511.



La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.