REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO TINACO Y LIMA BLANCO

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES


I
Identificación de las Partes

Solicitante: Luís Alejandro Henríquez Torrealba, venezolano, mayor
de edad, soltero, titular de la cédula de identidad
nro. 8.832.958, de este domicilio de esta Ciudad
de Tinaco, Estado Cojedes.
Abogada Asistente: Damiana Maria Jose Torres Cruz. Inpreabogado
Nro. 114.227
Motivo: Titulo Supletorio Suficiente de Propiedad.
Solicitud Nro. 95/2010.

II
Motiva
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, interpuesta por el ciudadano LUÍS ALEJANDRO HENRIQUEZ TORREALBA, antes identificado, sobre las bienhechurias construidas a su solas y únicas expensas, en un terreno propiedad de la Municipalidad, ubicada en el sector Orupe, del Municipio Autónomo Tinaco del Estado Cojedes, cuyos linderos, medidas y características de las bienhechurias han sido descritas en la solicitud, presentada en fecha 03 de agosto de 2010.
El 12 de agosto de 2010 en auto que cursa al folio seis (06) se ordena su tramitación conforme lo prevé el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; dándosele entrada en el libro destinado al efecto, así como la evacuación de las justificaciones promovidas para su fundamento en la oportunidad que sean presentados los testigos al Tribunal por el interesado, para oír sus deposiciones, comparecieron los ciudadanos JULIO RAMOS PEREZ PARADA y JOSE MIGUEL DELGADO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.100.014 y 8.422.954, respectivamente.
Para fundamentar su petición; el solicitante promovió las siguientes probanzas:
Primero: Autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Autónomo Tinaco del Estado Cojedes; medio probatorio admisible de conformidad con lo previsto en el articulo 395 del Código de Procedimiento Civil, de la cual se desprende que el terreno sobre el cual se encuentran edificadas las bienhechurias pertenece al municipio Autónomo Tinaco; su concordancia con los linderos y medidas descritas en la solicitud, y la autorización otorgada para el trámite de estas actuaciones.
Segundo: Constancia de Residencia expedida por el Consejo Comunal sector Orupe, Municipio Autónomo Tinaco, Estado Cojedes, la misma se valora en forma adminiculada con el referido documental por cuanto convalida la información contenida en el mismo.
Tercero: Las testimoniales de los ciudadanos JULIO RAMOS PEREZ PARADA y JOSE MIGUEL DELGADO, titulares de las cédulas de identidad Nros. . 4.100.014 y 8.422.954, respectivamente. Para su apreciación y valoración, quien decide observa, que en las deposiciones no existe contradicción en sus dichos y están referidas a comprobar la afirmación

del solicitante; medio probatorio admisible conforme a los artículos 395, 477 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y se valoran según el articulo 508 de la citada norma procesal, concatenado con los artículos 1387 al 1392 del Código Civil.
IV
Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano LUÍS ALEJANDRO HENRIQUEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad nro. 8.832.958, y de este domicilio, sobre las bienhechurias cuyos linderos y demás especificaciones se indican en la solicitud. Devuélvase en original con sus resultas al interesado, previa anotación en los libros que a tal efecto lleva este Tribunal y déjese copia fotostática certificada del presente auto en el archivo de este despacho Judicial. Cúmplase. .
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los trece (13) días del mes de agosto (08) de dos mil diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Jueza Titular,

Abg. Nora González Segovia.
El Secretario Acc,

Abg. Teofilo Fernández.




En fecha _______________, se entregó a la interesada, constante de diez (10) folios útiles. Conste.
Secretario Acc,

Abg. Teofilo Fernández.




Solicitud 95/2010
NGS/tf/et.