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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE Y .ENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto,09 de abril del 2010

ASUNTO: KP02-L-2010-000261
PARTE ACTORA: MILTON DAVID GALLARDO, venezolano, Mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº 7.446.929
BOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: HAIDY N CARRASO, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado .ajo el N° 90.180,Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Lara
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y MANTENIMINETO INDUSTRIALES Rodríguez c.a.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO TORRES .QUINTERO, YARDLEING INFANTE C Y JUAN CARLOS RIVERA ROSALES, Inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 70.219, 92.404 y 69.883
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 09 de Abril del 2010, siendo las 11:00 a.m., comparecen por ante este Tribunal por la parte actora el ciudadano MILTON DAVID GALLARDO, asistido por la abogada HAIDY N CARRASO, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado .ajo el N° 90.180,Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Lara y por la parte demandada su apoderado judicial abogado ALBERTO TORRES QUINTERO, quien presenta poder,y solicitan se habilite todo el tiempo que fuere necesario para celebrar el convenio transaccional que pone fin al presente juicio, jurando la urgencia del caso, renunciando a los términos procesales de comparecencia para la Instalación de la Audiencia Preliminar, este Tribunal basándose en los principios de brevedad, claridad e inmediatez, establecidos en el artículo 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, conforme a lo establecido en el articulo 11 ejusdem, y en aplicación al artículo 203 del Código de Procedimiento Civil vigente, siendo que no se violenta ninguna norma de orden publico, pasa a celebrar la audiencia preliminar de mediación en el presente proceso. El convenio de transacción acordado entre las partes está contenido en las siguientes estipulaciones:


PRIMERO: Toma la palabra la representante legal de la parte accionada quien expone: “Luego de varias deliberaciones y revisando los alegatos del demandante en su escrito libelar, y después de la revisión exhaustiva de las pruebas promovidas, ofreciendo pagar a la parte demandante, la cantidad de Bs.12.000,00, en este acto en cheque N° 92-10876554,a favor del ciudadano MILTON GALLARDO
SEGUNDO: La representación de la parte accionante, toma la palabra y expone: ACEPTO el ofrecimiento de la parte accionada en cuanto a la cantidad y recibo en este acto conforme el cheque por Bs,12.000,00 , reconozco que la demandada no queda a deber nada por ninguno de conceptos demandados ni por ningún otro concepto

TERCERO: La falta de provisión en el cheque , dará derecho a la parte actora, a solicitar la ejecución forzosa de la presente acta de mediación.

CUARTO: Este Tribunal, vistos que la mediación ha sido positiva, de conformidad con el art. 133 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa Juzgada. Se hacen cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Archívese el expediente. Se ordena la entrega de las pruebas promovidas por las partes



La Juez,
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,

Las Partes Comparecientes