REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÒMULO
GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO,
FALCON, ANZOATEGUI Y EL PAO, RICAURTE
Y GIRARDOT DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN
JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES


San Carlos, 22 de abril de 2010
200º y 151º


Visto que en la practica de la presente medida no han habido diligencias que practicar, por cuanto hasta la presente fecha la parte actora no ha impulsado la referida medida, la cual se le dio entrada el día siete (07) de diciembre del año dos mil nueve (2009), fecha desde la cual han transcurrido setenta y tres (73) días de despacho y no han realizado ningún acto tendente a materializarla, se acuerda devolver la misma al Juzgado comitente. Déjese constancia de su salida y de los folios respectivos. JUEZ TITULAR (FDO), SECRETARIA TITULAR (FDO).


COMISIÒN: J3-0020-2009
EXPEDIENTE: 7.474