REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Treinta de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: HP11-V-2008-000177
De la revisión exhaustiva de las actas procesales que presente asunto contentivo de la acción por Régimen de Convivencia Familiar, incoada por parte del Consejo de Protección del Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, a solicitud del ciudadano José Gregorio García Montenegro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.971.707, en contra de la ciudadana Yuri Inmaculada García Torin, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.649.781, se evidencia que al folio dieciocho (18) se encuentra un auto mediante el cual se fijó en forma expresa el día y la hora para llevar efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, la cual quedó fijada para el día viernes 27 de febrero de 2009, a las diez 10:00 de la mañana, sin embargo, la parte demandante ciudadano José Gregorio García Montenegro, no compareció ni por si ni por intermedio de apoderado, sin causa justificada alguna. Igualmente, no compareció la ciudadana demandada, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, Declara Desistido el presente procedimiento de Régimen de Convivencia Familiar y por consiguiente, extinguida la instancia todo de conformidad con lo establecido en el articulo 472 La Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo
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