REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintiocho de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HP11-V-2008-000035

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles (28) de octubre del dos mil nueve (2009), oportunidad fijada para llevarse a efecto la segunda sesión de la audiencia preliminar en sus fase de sustanciación, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento contencioso de Divorcio de conformidad con lo establecido en el articulo 520 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos: Zair Muzzicatto y Yesenia Margarita Gomez Gil, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.018.100 y 19.000.789. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Eliana Lizardo. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Zair Enrique Muzzicatto, quien expone: “Manifiesto en este acto mi deseo de desistir del presente asunto, ya que con la madre de mi hija llegamos aun acuerdo en cuanto a las instituciones familiares en beneficio de nuestra hija y vamos a intentar de mutuo acuerdo un Divorcio 185-A. Es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Yesenia Margarita Gómez Gil, quien manifiesta: “Estoy de acuerdo con que se desista el procedimiento ya que llegamos a un acuerdo he intentaremos un divorcio 185 A. Es todo”. Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el Desistimiento formulado por el ciudadano Zair Enrique Muzzicatto, en su condición de parte demandada, dándose por consumado el acto y al respecto procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y en tal sentido, se ordena la devolución de los documentos originales a la parte accionante y se ordena la remisión del presente asunto al archivo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.”
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno


Los Comparecientes

Zair Muzzicatto

Yesenia Margarita Gomez Gil
La Secretaria
Abg. Eliana Lizardo