REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL NOVENO DE CONTROL


Barquisimeto, 01 de OCTUBRE de 2009
Años 199° y 150°
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-013258

Este Tribunal visto que se constato de la revisión de la presente causa seguida al ciudadano ENGELBERT ARTURO MARTINEZ EGAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.026.993, domiciliado en la carrera 21 entre 4 y 5 residencias Carolina 2, detrás del Sambil de Barquisimeto del Estado Lara, por la presunta comisión del delito de Violencia Psicologica y fisica, previsto y sancionado en el articulo 20 de la Ley contra la Violencia sobre la Mujer a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DECXY JIMENEZ RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.149.222, motivo por el cual este Juzgado acordó la declinatoria de la Competencia con fundamento en lo siguiente:

1.- El marco Constitucional en resguardo del presupuesto procesal de la competencia, estableció como una de las garantías al debido proceso en su artículo 49, ordinal 4 Constitucional que, …“toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en la jurisdicción ordinaria o especial, con las garantías establecidas en esta Constitución y las Leyes”…; por su parte, el artículo el artículo 253 en la primera parte del texto fundamental señala, “Corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias”…;

2.- En virtud que se constato que en la presente causa funge con victima la ciudadana DECXY JIMENEZ RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.149.222, esta Juzgadora ordena la Declinatoria de la Competencia a los Tribunales de Violencia contra la Mujer y la Familia de Circuito Judicial Penal por ser el Juzgado Competente, EN VIRTUD DE SER EL COMPETENTE PARA EL Conocimiento de la causa según lo establecido en el articulo 118 de la Ley Orgánica Para La Protección De Violencia Contra La Mujer Y La Familia- Así Se Decide.-

DISPOSITIVA

Este Tribunal Noveno de Primera Instancia en funciones de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda la declinatoria de la causa de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 ordinal 4 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal a los Tribunales de Violencia contra la Mujer y la Familia de Circuito Judicial Penal por ser el Juzgado Competente para el conocimiento de la causa seguida al ciudadano ENGELBERT ARTURO MARTINEZ EGAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.026.993.- A tal efecto se acuerda notificar a las partes de la decisión dictada por este Tribunal.- Se deja sin efecto el auto publicado en el sistema juris 2000 en fecha 30/09/2009.- Regístrese.- Publíquese.-Cúmplase.-

LA JUEZ NOVENA DE CONTROL

Abg. WENDY AZUAJE. La Secretaria.