REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Veintinueve de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HP11-J-2009-000543

SOLICITANTE: ZURIMA DEL CARMEN PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.890.103.
DESCENDIENTES: SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA).
ASUNTO: AUTORIZACION JUDICIAL.
SENTENCIA: DEFINITIVA.

Aprehende el conocimiento del presente asunto este Tribunal en virtud del escrito presentado en fecha veinte (20) de Julio de dos mil nueve (2009), por parte de la ciudadana Zurima del Carmen Pinto , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.025.940, actuando en representación legal de su hija adolescente SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), debidamente asistida por la profesional de derecho Abogada Nancy Saray Becerra Rivera, en su carácter de Fiscal IV del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con la finalidad de solicitar se le autorice para cobrar administrar y gestionar todo lo concerniente ante el Instituto Autónomo de la Policía del Estado Cojedes (IAPEC), los beneficios y demás los derechos dejados por el de cujus Manuel Miguel Ángel García Pérez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.328.286.
Correspondiéndole por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento del asunto, por lo que en fecha veintiocho (28) de Octubre de dos mil nueve (2009), le dio entrada y admitió la solicitud junto con los recaudos acompañados y se apertura procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, por consiguiente, pasa este Tribunal a decidir acerca del fondo del presente asunto mediante pronunciamiento aparte.
Ahora bien, vista la sentencia proferida en fecha trece (13) de Abril de dos mil nueve (2009), por parte del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual se acredita la cualidad que tienen los hermanos SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)y la ciudadana Zurima del Carmen Pinto, de Únicos y Universales Herederos del fallecido quien en vida respondiera al nombre de Manuel Miguel Ángel García Pérez, es por lo que, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Autorizar suficientemente a la ciudadana Zurima del Carmen Pinto, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.890.103, para que en nombre y representación de sus hijos SE OMITE NOMBRES (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), proceda a cobrar, gestionar y administrar todo lo concerniente ante el Instituto Autónomo de la Policía del Estado Cojedes (IAPEC), de los beneficios y demás derechos dejados por el de cujus Manuel Miguel Ángel García Pérez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.328.286. Expídase por Secretaría copia certificada de la solicitud y de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos, a los veintinueve (29) días del mes de Octubre de dos mil nueve (2009). Año 199º y 150º.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

La Secretaria Abg. Eliana Lizardo