REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, once de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HH11-V-2006-000125
Demandante Francisca Araujo y Consejo de Protección del Municipio San Carlos
Demandado Maria Cristina Araujo y José Bernardo Martínez
Motivo Colocación en Entidad de Atención

En horas de Despacho del día de hoy, miércoles 11 de noviembre de 2.009, siendo las 09:00 de la mañana, día y hora previamente fijado por este Tribunal, para celebrar audiencia a los fines de revisar la medida de Colocación Familiar de conformidad con lo previsto en el articulo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, que cursa ante este Tribunal, signada con el Nº HH11-V-2006-000125, en beneficio de los niños SE OMITEN NOMBRES. Preside la audiencia la Jueza del Tribunal Abg. Yolimar Márquez Avendaño como secretaria Abg. Marvis Maria Navarro; se anuncio el acto a las puertas haciendo acto de presencia los ciudadanos Maria Cristina Araujo y José Bernardo Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 21.137.726 y 10.329.228, en compañía de los niños SE OMITEN NOMBRES; se deja constancia de la presencia del Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Publico Abg. José Bernardo Fuentes. En este estado se procede a oír los niños SE OMITEN NOMBRES, garantizándoles el derecho de opinar y de ser oído de conformidad con lo previsto en el articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en este estado se procede oír al niño SE OMITE NOMBRE, quien expone: “Tengo 10 años, mi papá se llama José Bernardo y Maria Cristina, estudio quinto grado, tengo dos hermanos, uno pequeño, mi mamá no esta trabajando mi papá si esta trabajando, duermo con mi hermano de 9 años, la comida la compra mi papá, mi mamá a veces me paga, porque nos portamos mal, me pega con correa, mi papá solo me regaña no me pega”. Es todo. En este estado se procede a oír al niño SE OMITE NOMBRE, quien expone: “Tengo 9 años, estudio tercer grado, me trata bien la maestra, me porto un poquito bien en el colegio, vivo en mi casa con mi mamá, mi papá y mis hermanos, y las dos que se murieron, mi mamá me trata bien, como bien, como en la escuela desayuno y almuerzo pero horita no hay comida, mi mamá me esta haciendo la comida, mi papá me trata bien”. Es todo. en este estado se le impone a las partes el contenido de las actas; concediéndole el derecho de palabra a la ciudadana Maria Cristina Araujo, progenitora del niño, quien expone: “Desde el 2.007, están con nosotros, estaban en la entidad de atención porque le pegue duro al mayor, horita el problema es SE OMITE NOMBRE, pero el mayor esta tranquilo, él en el colegio esta semana le llamo la atención por las cuentas ni hacer las tareas, SE OMITE NOMBRE se orina en la cama desde que estaba pequeño, lo he llevado al hospital, lo levanto en la noche a orinar pero se orina, SE OMITE NOMBRE todos los días del mundo me llaman a la escuela no hace caso, se va para otros salones y no le importa que me llamen, desde hace un año que lo cambie de colegio esta actuando de esa manera, le vació un poco de comida a la maestra en la cara, he llevado al hospital al doctor Darío y salio bien en todos los exámenes, luego le conseguí cita a la especialista Carolina, me dijo que no necesitaba tratamiento porque no tiene problemas”. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano José Bernardo Martínez, quien expone: “Cuando yo voy a la escuela el hace caso, y cuando estoy en la casa hago tareas, ellos me hacen caso; yo me orine hasta los 15 años de edad; no tengo un trabajo estable, estoy horita agarrando maíz, a SE OMITE NOMBRE le gusta cantar, hay un maestro que a veces se lo lleva a la sinfónica”. Es todo. En este estado se le concede el derecho de palabra a la Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Público, quien expone: “Oído a los progenitores ciudadanos Maria Cristina Araujo y José Bernardo Martínez, a los niños SE OMITEN NOMBRES y visto el informe de seguimiento de fecha 22 de septiembre del 2.009, en donde refiere que existe una serie de situaciones relacionadas con una serie de conductas de los niños y de los progenitores que se hacen indagar en la búsqueda de correctivos, es por lo que esta representación fiscal solicita le sea practicado informa técnico integrales al grupo familiar con énfasis en los exámenes psicológicos y psiquiátricos, solicitando al equipo que sugieran en sus conclusiones y recomendaciones viables y realizables a fin de lograr lo que mejor convenga al grupo familiar o las terapias a seguir y una vez conste en autos dicho informe se fije audiencia; solicito se oficie a fin de incluir a los niños en una actividad extra curricular y en virtud de que los padres manifiestan que sus hijos se inclinan hacia la música creo conveniente oficiar a la orquesta infantil del estado Cojedes a los fines de que inscriban a los niños en esa sinfónica así como sean inscritos los progenitores en la terapias familiares dictadas por caritas diocesanas”. Es todo. Oído a los progenitores ciudadanos Maria Cristina Araujo y José Bernardo Martínez, a los niños SE OMITEN NOMBRES; así como la representante Fiscal del Ministerio Público y revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, y revisado el Informe Social de Seguimiento de fecha 22 de septiembre del 2.009, que riela a los folios 252 al 255 del presente asunto, donde se observa de sus conclusiones y recomendaciones: “…que habiéndose constatado la situación material, moral y emocional del referido grupo familiar y por ende la de los niños y en especial del niño SE OMITE NOMBRE, quien requiere ayuda y atención inmediata en relación a la problemática presentad.. Por lo que recomienda apoyo psicopedagogo por parte de una docente en educación especial, evaluación y tratamiento neurológico evaluación psicológica y psiquiátrico al niño SE OMITE NOMBRE y a los padres” en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Primero: visto que los niños se encuentran reintegrado en el hogar de sus progenitores ciudadanos, es por lo que se ratifica la reintegración de los niños SE OMITE NOMBRE y SE OMITE NOMBRE en el hogar de sus progenitores ciudadanos Maria Cristina Araujo y José Bernardo Martínez. Segundo: Se libre oficio al equipo multidisciplinario de este Circuito Judicial a los fines de que realicen informe de seguimiento cada 6 meses. Líbrese oficio. Tercero: se acuerda la practica de un informe técnico integral a todo el grupo familiar donde incluyan el aspecto legal a los fines de con énfasis en los exámenes psicológicos y psiquiátricos, solicitando al equipo que sugieran en sus conclusiones y recomendaciones viables y realizables a fin de lograr lo que mejor convenga al grupo familiar o las terapias a seguir. Cuarto: Se libre oficio a la orquesta sinfónica infantil del Estado Cojedes con sede en San Carlos Estado Cojedes, a los fines de que sean inscritos los niños SE OMITE NOMBRE y SE OMITE NOMBRE, y que cursen estudios en la misma, remitiendo oficio a este tribunal una vez inscritos los mismos. Así mismo se instan a los progenitores consignen horario e inscripción de los niños en la sinfónica. Líbrese oficio Quinto: se insta a los progenitores a inscribirse en el programa de escuela para padres llevados por caritas diocesanas, y una vez sean inscritos consignar ante el tribunal la planilla de inscripción. Así mismo ofíciese lo conducente a caritas diocesanas a los fines de que inscriban a los progenitores y que remitan a este tribunal la inscripción de los mismos así como la asistencia a los talleres. Líbrese oficio. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño

La Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Público

Abg. José Bernardo Fuentes


Comparecientes:


Maria Cristina Araujo




José Bernardo Martínez



Los Niños:

SE OMITE NOMBRE



SE OMITE NOMBRE



La Secretaria
Abg. Marvis Maria Navarro


En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ006200000827.



La Secretaria: ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬________________.