REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Nueve de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: HP11-V-2009-000194

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, lunes (09) de noviembre del dos mil nueve (2009), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en fase de sustanciación de conformidad con lo previsto en el articulo 475 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso de Obligación de Manutención de conformidad con lo establecido en el articulo 365 ejusdem de la Ley; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de los ciudadanos Yuzmary Oliva Díaz y Jean Carlos Ortegas Pinto, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.713.519 y 20.952.097. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abg. Eliana Lizardo. Se declara abierta la audiencia, se le impone a los presentes de las actas procesales, se le concede el derecho de palabra al ciudadano Jean Carlos Ortegas Pinto,, quien expone: “En relación a la obligación de manutención propongo aportarle a mi hijo la cantidad de seiscientos bolívares (Bs.600,00) mensuales, los cuales serán entregados directamente en dos (02) cuotas de trescientos (300,00) los días 15 y 30 de cada mes, debiéndome firmar recibo; Con respecto a los gastos médicos que los mismos sean cubiertos cuando sean necesarios por ambos progenitores; Igualmente en la época navideña me comprometo en aportar la ropa y el juguete el día 24 de diciembre; Con respecto al régimen de convivencia Familiar propongo compartir con mi hijo los días domingos desde las nueve (9: a.m.) hasta las siete (7:00 p.m.) de la noche. En la época navideña los días veinticuatro (24) y treinta y uno (31) de diciembre compartir con mi hijo desde las doce del mediodía hasta las siete de la noche (7:00p.m.) En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Yuzmary Oliva Díaz, quien expone: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por el progenitor de mi hijo. Es todo”. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos Yuzmary Oliva Díaz y Jean Carlos Ortegas Pinto, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al niño SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el articulo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Comparecientes:

Yuzmary Oliva Díaz

Jean Carlos Ortegas Pinto
La Secretaria

Abg. Eliana Lizardo