REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, diez (10) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: HPO1-L-2009-000059
Vistas y analizadas las actuaciones insertas y en virtud que las partes intervinientes en el presente asunto ciudadano GERMANY JOSE PEROZA, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.112.288, debidamente asistido por la Abg. MARIA FERNANDA PEREIRA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 142.164, y por la otra el Abg. ROGER RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 90.469, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil PREVENCIÓN 357, C.A., suscribieron TRANSACCION mediante el cual le ponen fin al presente conflicto, tal como consta en los folios 74 al 79 del presente expediente.
En tal sentido satisfecho como han quedado los derechos laborales de los demandantes este Tribunal le imparte la HOMOLOGACIÓN, prevista en el artículo 3 parágrafo único de la Ley orgánica del Trabajo vigente, por cuanto se han cumplido satisfactoriamente los extremos de Ley. En consecuencia la presente surte los efectos de COSA JUZGADA contemplados en el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
Asimismo este Tribunal observa que se desprende de la copia del cheque consignado en el presente asunto, que fueron cancelados al trabajador GERMANY JOSE PEROZA, supra identificados, los conceptos reclamados; es por lo que se ordena el cierre y la remisión del presente asunto al archivo judicial, transcurridos cinco (05) días hábiles siguientes a éste. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION, dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del estado Cojedes. En San Carlos a diez (10) días del mes de noviembre de 2009. Año 199° Independencia y 150° de Federación
LA JUEZA.
Abg. SANIL APARICIO VELOZ
LA SECRETARIA
SAV/bp.-
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