REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 05 de noviembre de 2.009
199º y 150º
SOLICITANTE: Asociación Civil “I.N.C.E CONSTRUCCIONES.”
MOTIVO: CONSIGNACIÓN DE CHEQUES POR PRESTACIONES
SOCIALES, al ciudadano BOTELLO SILVESTRE
EXPEDIENTE: 10.880
Vista las siguientes actuaciones el Tribunal observa:
Contienen las presentes actuaciones, solicitud efectuada por la Asociación Civil “I.N.C.E CONSTRUCCIONES”, mediante la cual consignó cheques para ofrecérselos al ciudadano BOTELLO SILVESTRE, la cual fue admitida mediante auto de fecha 06 de marzo de 2002, oportunidad en la que se ordenó la apertura de una cuenta de ahorros en el Banco Industrial de Venezuela, a los fines de depositar los cheques consignados.-
Mediante diligencias de fechas 25 de marzo y 15 de abril del año 2002, el ciudadano BOTELLO SILVESTRE, debidamente asistido de abogado, solicitó se le hiciera entrega de la suma que ofertó la Asociación Civil “I.N.C.E CONSTRUCCIONES” a su favor, lo cual fue acordado por el Tribunal mediante auto de fecha 16 de abril de 2002, ordenándose la entrega de la cantidad de dinero en cuestión, librándose a tales fines oficio Nº 096 a la Entidad bancaria, folio (41).-
En virtud de lo antes expuesto observa este juzgador, que el objeto de la solicitud contenida en estos autos, estaba constituida por el ofrecimiento y entrega al ciudadano BOTELLO SILVESTRE, de una suma de dinero que ofertó la solicitante por concepto de prestaciones sociales, el cual el beneficiario solicitó y recibió dicha suma de dinero, por lo cual este Tribunal da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente.-
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en San Carlos, a los cinco (05) días del mes de noviembre del año dos mil nueve (2009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.
La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.
En la misma fecha, siendo las once y treinta y cinco horas de la mañana (11:35 a.m.), se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.-
Exp. Nº 10.880
LEGS/HMCM/nahirg.-
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