REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE: EL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES.-
San Carlos, 23 de Noviembre de 2.009
199º y 150º
SOLICITANTE: JOMARY DEL VALLE VILLALOBOS PEREZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.210.782.-
APODERADO JUDICIAL: EMIRO MEDINA CASTILLO, Inpreabogado N° 20.034
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE: 9.844
-I-
SINTESIS
En fecha ocho (08) de Octubre de mil novecientos noventa y siete (1.997), fue presentado escrito constante de un (01) folio útil, mediante el cual el Abogado en ejercicio EMIRO MEDINA CASTILLO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.034, procediendo en nombre y representación de la ciudadana JOMARY DEL VALLE VILLALOBOS PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.210.782, solicitó la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana antes identificada.
Posteriormente por auto de fecha catorce (14) de Octubre de mil novecientos noventa y siete (1.997), este Juzgado ordenó corregir el asiento del Acta de Partida de Nacimiento de la Ciudadana JOMARY DEL VALLE VILLALOBOS PEREZ; todo a tenor de lo dispuesto en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha once (11) de Noviembre de 2.009, quien suscribe con el carácter de Juez Provisorio de este Tribunal, se abocó al conocimiento de la causa.
-II-
En virtud de que en autos se desprende que la solicitud no contenciosa contenida en este expediente, relativa a la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, fue acordada por auto de fecha catorce (14) de Octubre de mil novecientos noventa y siete (1.997), este Tribunal da por terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente.-
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en San Carlos, a los VEINTITRES (23) días del mes de Noviembre del año dos mil nueve (2.009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ.
La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.
En la misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria,
Abg. HILDA M. CASTELLANOS M.-
Exp. Nº 9.844
LEGS/Misledy.-
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